En verano nos relajamos en todos los sentidos... pero existen algunas actividades que, siempre y bajo cualquier circunstancia, se merecen toda nuestra atención, sea cual sea la época del año en que las realicemos. Tal es el caso de conducir, sobre todo teniendo en cuenta que los meses de calor convierten las carreteras en lugares más peligrosos, muchas veces por nuestras propias negligencias. Conducir bajo los efectos del alcohol, pasar largas horas al volante para llegar a nuestro destino de una vez, combinar ocio y fiesta con carretera, los viajes de grupo con la música alta y los consecuentes despistes, utiziar el GPS o el móvil mientras conducimos... Entre estas prácticas, hay una que genera ciertas dudas: ¿Es posible que te multen por conducir con chanclas?
La respuesta (para quien no lo tenga claro a estas alturas) es afirmativa. La propia Dirección General de Tráfico (DGT) nos recuerda cada verano cuáles son las infracciones que más solemos cometer durante los meses estivales, y conducir con calzado inadecuado (en general, calzado abierto que no proporcione una sujeción adecuada) es, de hecho, una de las más frecuentes.
Este tipo de calzado resulta peligroso porque puede entorpecer el manejo de los pedales y limitar nuestra capacidad de reacción ante cualquier evento. La DGT también recuerda que conducir sin camiseta o, en general, sin ropa que nos cubra el pecho, tampoco está permitido y resulta peligroso porque, en caso de frenazo o accidente, el cinturón de seguridad puede provocar importantes cortes y quemaduras en la piel.
En realidad, la normativa de circulación no habla expresamente de chanclas o sandalias pero, si nos ceñimos al artículo 18 del Reglamento General de Circulación, se puede sancionar el hecho de "conducir un vehículo sin mantener la libertad de movimientos que garantice la propia seguridad, la del resto de ocupantes y la de los demás usuarios de la vía".
En cuanto a la frecuencia de este tipo de infracción, según un informe elaborado por el Real Automóvil Club de España (RACE), se producen más de 1,3 millones de infracciones de este tipo, relacionadas con la conducción con calzado no adecuado. Colocar los pies en la guantera o fuera de la ventanilla son otras prácticas muy peligrosas que suelen darse más durante el verano. En todos estos casos (conducir con calzado inadecuado, con ropa inadecuada o con los pies colocados en un lugar peligroso), la multa que puede caerte asciende a 80 euros.
Por otro lado, recuerda que otra de las infracciones más frecuentes durante el verano (y una de las más peligrosas) es el uso manual de navegadores GPS durante la conducción, una infracción que supone una multa más dura desde hace algunos meses. En concreto, en caso de manipular, coger, colocar o buscar direcciones en el navegador mientras conduces, podrás ser sancionado con la pérdida de 6 puntos en el carné de conducir y 200 euros de multa económica. Hasta el pasado 21 de marzo de 2022, fecha en la que entraron en vigor este y otros cambios, la pérdida de puntos por esta infracción es de un total de 3.
En cualquier caso, la DGT nos recuerda constantemente que está terminantemente prohibido manejar este tipo de dispositivos mientras se conduce, ya que disminuye la atención. Lo mismo se aplica al teléfono móvil y, en general, a cualquier dispositivo que utilicemos mientras conducimos. La misma institución argumenta que este tipo de infracción aumenta durante el verano debido a los trayectos largos que realizamos por zonas desconocidas: es demasiado frecuente que tendamos a utilizar nuestro móvil o GPS para buscar o mirar la ruta que debemos seguir y que, por tanto, aumente el riesgo de despistarnos y provocar un peligro en la carretera cuando actuamos de este modo.
Eso sí, en ningún caso está prohibido el uso del GPS en sí mismo. Lo que bajo ningún un concepto debemos hacer mientras estamos al volante es manejarlo o configurarlo para que nos indique una dirección determinada. Y es que es importante que las dos manos se encuentren al volante y nuestra atención, en la carretera.