El Ministerio de Sanidad actuará en brotes de coronavirus que afecten a dos o más comunidades (no solo a una como ahora ocurre en Cataluña) declarando la actuación coordinada, un paso previo al estado de alarma que deberá someter y ser aprobado en el pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. No considera un revés el caos de Lleida que ha irritado a la población porque en otras ocasiones las autoridades judiciales sí que han aprobado medidas duras. En el documento el Gobierno reconoce que hay que tener en cuenta que, en todo caso, las medidas que se adopten con arreglo a esta legislación, deberán ser ratificadas por los Juzgados de lo Contencioso Administrativo , en el caso de que impliquen privación o restricción de la libertad o de otro derecho fundamental.
Por último, cabe destacar el ámbito competencial extraordinario previsto en el marco de un estado de alarma cuando, atendiendo a la dimensión de la epidemia, las medidas previstas en la legislación ordinaria resultan insuficientes. El Gobierno puede declarar, mediante Real Decreto, el estado de alarma, en todo o parte del territorio nacional, cuando se produzca, entre otras situaciones, crisis sanitarias, tales como la pandemia por COVID-19.
El Gobierno sigue pensando que las CCAA tienen los instrumentos necesarios para controlar el virus. Al caos en Lleida y el aumento de CCAA que han decretado como obligatorio el uso de la mascarilla, se suma ahora el hecho de que Barcelona ha triplicado el número de casos en una semana y ha reconocido 24 brotes reducidos a pocos personas. Los motivos son contactos familiares y de amigos, fundamentalmente jóvenes. Colau ha pedido que la gente sea consciente de la realidad.
Así consta en el "Plan de respuesta temprana en un escenario de control de la pandemia por COVID-19" que el departamento que dirige Salvador Illa trasladará esta tarde a las comunidades para su aprobación definitiva el próximo jueves. El documento, que compila muchas de las medidas que ya están en marcha, establece que sea el Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias del Ministerio de Sanidad (CCAES) el que, en coordinación con la autonomía, evalúe el riesgo de brotes localizados o incrementos de la transmisión que conlleven la activación de una respuesta rápida.
La evaluación de riesgo para cada comunidad tendrá en cuenta, entre otros, el ámbito territorial; los indicadores relativos a la situación epidemiológica, la capacidad asistencial y de salud pública; la exposición al riesgo; las características de la población susceptible expuesta o la posibilidad de adoptar medidas de prevención y control.
Son las comunidades autónomas las que tienen las competencias de actuación en caso de brotes, y de suponer una privación o restricción de la libertad o de otro derecho fundamental, deberán ser ratificadas por los Juzgados de lo Contencioso Administrativo.
No obstante, prevé otros dos mecanismos si el coronavirus traspasa las fronteras de una comunidad: en el primero, Sanidad podrá echar mano de las actuaciones coordinadas en salud pública, previo conocimiento del pleno del Consejo Interterritorial, y que serían de obligado cumplimiento para todas. El otro es el estado de alarma. Fuentes del Gobierno han puesto como ejemplo de actuación coordinada un caso en que se celebren fiestas regionales en varias autonomías limítrofes y, para evitar que cada una implemente sus propias medidas, se podría proceder a la suspensión de los festejos.
Con este plan, formado por cinco capítulos y cinco anexos, se pretende reducir el impacto de la pandemia fortaleciendo las intervenciones rápidas, oportunas y eficaces y preparando las capacidades ante un incremento de la transmisión que, llegado el caso, pueda derivar en una segunda ola.
Así, fija que sean las comunidades las que garanticen una capacidad suficiente de recursos humanos en los servicios de Salud Pública y también de laboratorio ante el posible aumento de la demanda diagnóstica y que dispongan de planes de contingencia, aseguren el funcionamiento adecuado de un sistema de información para la alerta precoz las 24 horas del día durante los 365 días del año e identifiquen de forma precoz los casos.
Mientras, en el ámbito de la atención sanitaria, deben activar los planes de contingencia en Atención Primaria y Hospitalaria de forma adaptada a cada escenario y garantizar capacidad suficiente de recursos humanos y de Equipos de Protección Individual.
El plan propone que la capacidad de camas de agudos y de cuidados críticos con capacidad de respiración mecánica invasiva sea de entre 1,5 y 2 por cada 10.000 habitantes en el primer caso y entre 37 y 40 camas en el segundo.
En el caso de mascarillas FFP3, gafas de protección, guantes, buzos o batas, deberá haber suficientes como para dar cobertura al 25% del consumo medio total declarado por las comunidades durante dos meses. En el caso de las mascarillas quirúrgicas y FFP2, la cantidad será superior, "dada su disponibilidad tras la adquisición". El acopio de fármacos afectará a Cisatracurio, Midazolam, Propofol y Dexmedetomidina y solo se utilizaría si el canal de suministro farmacéutico regular no pudiera abastecer la demanda hospitalaria.
También tendrán que contar con planes de atención en domicilio; una estrategia con circuitos diferenciados de atención a pacientes COVID-19 y no COVID-19; mecanismos para la atención específica y segura a pacientes vulnerables y asegurar la atención a las actividades priorizadas de la atención habitual como los programas de vacunación.
En otro de sus capítulos añade como principales medidas no farmacológicas para controlar la propagación del virus la higiene de manos y respiratoria, la distancia interpersonal y la utilización de mascarillas.
Y hace hincapié en la necesidad de implantar estrategias de prevención con actuaciones en la organización de espacios y horarios y la coordinación con el sistema asistencial o procedimientos sobre manejo de casos, que serán de especial relevancia en entornos especialmente vulnerables como residencias para mayores y de personas con discapacidad; centros de salud mental y de acogida o albergues.
Como medidas farmacológicas, recuerda que aún no hay vacuna ni tratamiento eficaz contra la COVID-19, aunque España está representada en el órgano de decisiones de compra anticipada de la UE y se ha incorporado al equipo negociador del Acuerdo de Compra Anticipada de Vacunas frente al COVID-19 formado de la Unión integrado por Alemania, Francia, Holanda, Suecia, Polonia e Italia.
Una de las prioridades del plan es la de prevenir el impacto de la gripe en este otoño-invierno ante la situación de eventual coincidencia con la epidemia de coronavirus, por lo que sugiere fomentar el aumento de la cobertura de vacunación, especialmente en mayores de 65 años, personal sanitario y socio-sanitario, mujeres embarazadas y personas con condiciones de riesgo.
De esta forma, Sanidad sumará este año una compra extraordinaria de 5,2 millones de dosis que complementará la adquisición de vacunas realizada por las comunidades. Para evitar la escasez del pasado, las regiones tienen que garantizar una reserva estratégica de productos críticos que pueda cubrir las necesidades durante un periodo de 8 semanas. Paralelamente, Sanidad reservará el 25 por ciento del consumo medio total declarado por las comunidades durante 2 meses en lo relativo a equipos de protección individual y productos sanitarios.
El Gobierno plantea vacunar al 75% de las personas mayores de 65 años y del personal sanitario y socio-sanitario y al 60% en embarazadas y personas de riesgo. Con ello, se quiere evitar un mayor impacto que ante una "eventual coincidencia de ambas epidemias" -gripe y Covid-.
Por último, el documento reserva al Ministerio la potestad de determinar los controles sanitarios necesarios a los que deben someterse todos los pasajeros que lleguen a España por vía aérea o marítima y que ya se vienen haciendo, como son la toma de temperatura y el control documental y visual sobre el estado de la persona.