La Comunidad de Madrid, en el marco de sus medidas contra el coronavirus, restringirá desde este lunes la movilidad en 37 zonas básicas de salud, que se encuentran en seis distritos de la capital (Carabanchel, Usera, Villaverde, Villa de Vallecas, Puente de Vallecas y Ciudad Lineal) y en otros siete municipios de la región (Fuenlabrada, Humanes, Moraleja de Enmedio, Parla, Getafe, San Sebastian de los Reyes y Alcobendas).
Queda restringida la entrada y la salida en estas zonas salvo para cuestiones básicas, como, entre otras, los desplazamientos al lugar de trabajo o a centros sanitarios, a una citación judicial, cuidado a personas dependientes o para ir al colegio.
Se permite circular dentro pero las reuniones privadas se reducirán a seis persona, habrá una reducción de los aforos, con carácter general, al 50 por ciento, y se suspende la actividad en parques y jardines.
Entre los afectados, los vecinos de vallecas, entre los que reina la indignación, eso sí, en la parte confinada, porque porque no en todo Vallecas se imponen las restricciones. Las medidas afectan hasta a nueve zonas básicas de salud de Puente de Vallecas.
Todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público no podrán superar el cincuenta por ciento del aforo permitido y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22 horas, a excepción de los establecimientos farmacéuticos, médicos, veterinarios, de combustible para la automoción y otros considerados esenciales .
Los establecimientos de hostelería y restauración limitarán el aforo al cincuenta por ciento, tanto en espacios interiores como exteriores, no estando permitido el consumo en barra. Además, las mesas, deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas en el resto de mesas.
La ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio. Estas mismas limitaciones de aforo y horario son aplicable a los establecimientos y locales en donde se desarrollen actividades de juegos y apuestas.
Por su parte, la actividad que se realice en academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas y centros de formación no incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 9 del Real Decreto Ley 21/2020, de 9 de junio, "podrán impartirse de forma presencial siempre y cuando no supere una capacidad del cincuenta por ciento respecto al máximo permitido".
La actividad presencial en estos establecimientos se limitará a grupos de seis personas máximo y se establecerán las oportunas medidas para mantener la distancia de seguridad interpersonal de metro y medio en sus instalaciones en todo momento.