Guerra a la vista: Illa recomienda cerrar Madrid y la Comunidad niega que se le haya propuesto
Illa recomienda cerrar toda la ciudad de Madrid y las localidad de más de 500 casos por 100.000 habitantes
La Comunidad defiende su criterio y dice que nadie le hizo recomendación alguna
La Comunidad reclama criterios homogéneos para todos
Malestar y guerra a la vista. De la imagen de unidad, de la paz de las banderas entre Ayuso y Sánchez parece que ya no queda nada. El ministro de Sanidad, Salvador Illa ha comparecido a la vez que Zapatero, el consejero de la Comunidad para dejar claro que el Gobierno recomienda cerrar toda la ciudad de Madrid y todas las localidades que tengan 500 casos por 100.000 habitantes en toda España, que la gente se desplace lo menos posible y se cierren las barras de los restaurantes y se restringan los aforos. Queda claro que la Comunidad no le ha hecho caso aunque el consejero Zapatero ha deslizado que nadie le recomendó nada en la última reunión y que ni siquiera sabía que el ministro iba a dar una rueda de prensa. El malestar del ministro se ha puesto de manifiesto al contraprogramar con otra rueda de prensa la que estaba dando el consejero de la Comunidad la misma hora. Ayuso ha contestado que las medidas adoptadas en Madrid en un tuit: "Más que confinar Madrid nuestra misión es ayudar a las personas. Las medidas que estamos tomando son las adecuadas. Test masivos, aforos, cuarentenas y el resto, a seguir adelante. Y Barajas...".
"Vienen semanas duras en Madrid y es necesario tomar el control de la pandemia", ha asegurado Salvador Illa en su intervención tras la reunión del comité de seguimiento del coronavirus, que ha aprovechado para explicar las recomendaciones que ha trasladado el Gobierno a la Comunidad de Madrid: Medidas se extiendan a toda la ciudad de Madrid y a todos los municipios con incidencia de 500 casos por 100.000 habitantes en los últimos 14 días, mantener el permiso de movilidad pero que se establezca una recomendación de que se evite todo movimiento innecesario, prohibir todo el consumo en barra en toda la Comunidad Autónoma y restringir el aforo de las terrazas al 50 por ciento en toda la Comunidad de Madrid.
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No son las que ha puesto en marcha la Comunidad que ante la situación de crisis sanitaria que vive parece haber parido un ratón. En este sentido, sobre las medidas adoptadas por la Comunidad de Madrid, alejadas de las recomendaciones del Gobierno, Salvador Illa ha asegurado que "no va a entrar en reproches". "Hemos estimado oportuno trasladar las recomendaciones mínimas que pensamos que había que adoptar, veremos cómo evoluciona la situación", asegura Illa, que no entra en si el Gobierno tomará el control o adoptará medidas más drásticas tras comprobar que Madrid solo ha aumentado a 8 zonas de salud más, las restricciones que ya existían en 37 zonas. Illa ha señalado, no obstante, que no es momento para atajos. El PP ya ha contestado señalando que solicitar el cierre de toda la ciudad de Madrid es una discriminación respecto a otras zonas.
Con las recomendaciones de Illa además de Madrid, deberían cerrar otras ciudades con tasas de más de 500 casos por cada 100.000 habitantes son Fuenlabrada (Madrid), Lucena (Córdoba), Getafe (Madrid) o Palencia (Castilla y León). La pregunta es ¿por qué Illa no decreta el estado de alarma en Madrid o impone las medidas desde el Ministerio de Sanidad? Zapatero ha insistido en que le parece fundamental que tanto Sanidad como la Comunidad "vayamos de la mano, pero un espacio de colaboración tiene que ser de colaboración, no puede ser un espacio de imposición. Nosotros no hemos querido imponer nada. No ha ocurrido nada del lunes al jueves para tomar más medidas".
El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha asegurado que en un plazo "breve" de tiempo el Gobierno va a adoptar una serie de medidas para paliar la falta de médicos y profesionales sanitarios que existe para atender los casos de Covid-19.
La Comunidad pide criterios homogéneos para todo el país
El viceconsejero de Salud Pública y Plan COVID-19, Antonio Zapatero, ha respondido a Illa que lo que hace es con criterios sanitarios y reclama un mismo criterio, homogéneo en toda el Estado español. No solo eso, ha señalado que no tenía constancia de que el ministro iba a comparecer justo a la misma hora que él. La Comunidad dice que actuará en consecuencia si estas medidas no dan resultado.
Las nuevas zonas con restricciones son Panaderas en Fuenlabrada; Miguel Servet y Doctor Trueta en Alcorcón; García Noblejas en el distrito madrileño de Ciudad Lineal; Vicálvaro Artilleros en el distrito de Vicálvaro; Orcasitas en el distrito de Usera; y Campo de la Paloma y Rafael Alberti en el distrito de Puente de Vallecas.
"Estas medidas tienen un fundamento puramente técnico, buscan evitar la transmisión del virus y sobre todo proteger a la ciudadanía", ha dicho en rueda de prensa el viceconsejero, que ha recomendado evitar "todo movimiento innecesario" tanto en estas zonas como en "todo el territorio de la comunidad autónoma".
La Dirección General de Salud Pública ha revisado la evolución epidemiológica de estas áreas diagnósticas en función de tres criterios: incidencia acumulada en los últimos 14 días superior a 1.000 casos por 100.000 habitantes, con una tendencia estable o creciente, y la contigüidad geográfica que facilite el control perimetral de la movilidad.
Las 45 zonas afectadas por las limitaciones específicas en la actualidad las 45 zonas con limitaciones viven 1.025.574 madrileños, lo que significa el 15,4 por ciento del total de la población de la región. El número de casos acumulados en los últimos 14 días en las 45 zonas es 13.516, lo que supone un 27,2 por ciento de los contagios de toda la Comunidad de Madrid en ese periodo.
En estas zonas, se restringe la entrada y salida de personas excepto para acudir a a centros, servicios y establecimientos sanitarios, para cumplir con obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales, para asistir a centros docentes y educativos, para volver a la residencia habitual, para el cuidado de personas dependientes o para desplazarse a entidades financieras y de seguros.
Además, se incluyen en las excepciones los desplazamientos para realizar actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales; realizar renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables; realizar exámenes o pruebas oficiales inaplazables; por causa de fuerza mayor o situación de necesidad o por cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente justificada y acreditada.
Sí se permite circular por las calles que atraviesan estas zonas pero siempre el origen y el destino sea fuera del mismo. Asimismo, se permite la circulación de personas residentes dentro de los ámbitos territoriales afectados aunque "se desaconseja a la población los desplazamientos y realización de actividades no imprescindibles".
Todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público no podrán superar el cincuenta por ciento del aforo permitido y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22 horas, a excepción de los establecimientos farmacéuticos, médicos, veterinarios, de combustible para la automoción y otros considerados esenciales .
Los establecimientos de hostelería y restauración limitarán el aforo al cincuenta por ciento, tanto en espacios interiores como exteriores, no estando permitido el consumo en barra. Además, las mesas, deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas en el resto de mesas.
La ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio. Estas mismas limitaciones de aforo y horario son aplicable a los establecimientos y locales en donde se desarrollen actividades de juegos y apuestas. Por su parte, la actividad que se realice en academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas y centros de formación no incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 9 del Real Decreto Ley 21/2020, de 9 de junio, "podrán impartirse de forma presencial siempre y cuando no supere una capacidad del cincuenta por ciento respecto al máximo permitido".
La actividad presencial en estos establecimientos se limitará a grupos de seis personas máximo y se establecerán las oportunas medidas para mantener la distancia de seguridad interpersonal de metro y medio en sus instalaciones en todo momento.
En estos territorios, la asistencia a lugares de culto no podrá superar un tercio de su aforo y se deberá garantizar en todo caso la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros y el uso de mascarilla. En velatorios se limita a un máximo de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para la cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de quince personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, "el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto".
Por otra parte, podrá realizarse la práctica deportiva en instalaciones deportivas, tanto al aire libre como de interior, siempre que no se supere el cincuenta por ciento del aforo máximo permitido de la instalación. La práctica deportiva en grupos se limita a un máximo de seis personas. Asimismo, se suspende temporalmente la actividad de los siguientes espacios como parques y jardines públicos así como parques infantiles de uso público.