La DGT no te renovará el carnet de conducir si tomas estos medicamentos

La Dirección General de Tráfico (DGT) va a poner más difícil renovar el carnet de conducir a aquellos  conductores que se encuentren bajo tratamientos médicos que puedan afectar su capacidad al volante. Según informan varios medios, el organismo aprobará una nueva normativa diseñada para garantizar la seguridad vial de todos los conductores y reducir los accidentes de tráfico.

Esta actualización establece que aquellos conductores cuya capacidad visual, de atención o de reacción se vea alterada por algún tratamiento farmacológico no podrán renovar su permiso de conducir. Además, será responsabilidad del conductor informar sobre cualquier condición o tratamiento que esté siguiendo a las autoridades pertinentes, aunque este pocas veces es consciente del riesgo que conlleva conducir después de ingerir ciertas sustancias.

Entre los medicamentos que afectan a la conducción y que serán motivo de restricción se encuentran:

  • Ansiolíticos y antidepresivos. Pueden provocar somnolencia y disminuir los reflejos, incrementando el riesgo de accidentes.
  • Antihistamínicos. Utilizados para tratar alergias, también pueden causar somnolencia y retrasar el tiempo de reacción.
  • Opiáceos y otros analgésicos fuertes. Se utilizan para tratar el dolor y pueden afectar a la concentración y los reflejos.
  • La insulina en diabéticos, que podría llevar a una baja de azúcar con efectos de confusión, mareo o incluso pérdida de la conciencia.

Enfermedades limitantes

No solo los fármacos pueden tener repercusiones en la validez del carnet de conducir, también existen enfermedades que limitan o inhabilitan su validez. Estos son los tipos de enfermedades que se encuentran reconocidas:

Cardiopatías: Aquellos conductores que estén en tratamiento de un infarto o con arritmias deberán esperar a que transcurran los plazos de recuperación -en algunos casos tres meses- para tener la posibilidad de conducir.

Enfermedades neurológicas: Enfermedades que puedan dar lugar a episodios epilépticos, Parkinson o esclerosis múltiple pueden tener un impacto en la conducción y se someten a observación médica.

Enfermedades psiquiátricas graves: Esquizofrenia, demencia, o depresión grave pueden impedir la conducción de manera temporal o definitiva, dependiendo de la gravedad.

Apnea del sueño: La DGT establece la obligación de que el tratamiento de la apnea del sueño esté en equilibrio, para evitar episodios de somnolencia.

Evaluación médica

Todo conductor que padezca alguna de estas condiciones deberá someterse a una evaluación en un Centro de Reconocimiento de Conductores debidamente autorizado. Este centro certificará si el sujeto cuenta con una serie de capacidades reducidas precisas para conducir de manera segura.

El incumplimiento de la normativa puede acarrear serias consecuencias. Si un conductor oculta información sobre su estado de salud o uso de medicamentos prohibidos, podría enfrentarse a sanciones económicas, retirada del carnet o cargos penales en caso de accidente. Si el conductor sufre un accidente, las coberturas del seguro podrían llegar a anularse, de modo que se vería sin respaldo financiero para hacer frente a los daños ocasionados.

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