Por qué protesta la educación madrileña no universitaria: así han sido los primeros paros

  • Los paros se realizan en horario de mañana y continuarán por la tarde en los centros educativos madrileños no universitarios

  • A falta de datos oficiales, la valoración de los sindicatos sobre el seguimiento es "positiva"

  • En la tarde de este miércoles también hay convocada una manifestación que recorrerá desde Atocha a la Puerta del Sol

La educación pública madrileña no universitaria afronta este miércoles, 25 de septiembre, paros parciales de dos horas para reclamar, entre otras medidas, la reducción del horario lectivo docente, reivindicación que ya el pasado curso llevó a la convocatoria de hasta cinco jornadas de huelga.

La primera parte de esta huelga ha tenido lugar en los centros entre las 9 y las 11 de la mañana y la valoración de los sindicatos es "positiva" a falta de los datos oficiales del seguimiento y se volverán a repetir esta tarde entre las 19 y las 21.

Los paros han sido convocados por la Asamblea Menos Lectivas y por los sindicatos CGT, CNT y STEM, los cuales no tienen representación en la Mesa Sectorial de Educación de la Comunidad de Madrid. Asimismo, a las 18 horas estas organizaciones celebrarán una manifestación que partirá desde Atocha y concluirá en la Puerta del Sol.

Desde el sindicato STEM esperan un importante seguimiento de la marcha y afirman, que este y el próximo año van a haber "más movilizaciones y mayores de las que las que se celebraron el curso pasado, que fueron de hasta tres días". Según estos representantes de los docentes es probable, que estos nuevos paros lleguen "con el inicio del segundo trimestre".

Servicios mínimos

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) publica este lunes los servicios mínimos para esta jornada de paros, que contemplan la presencia, para todos los centros docentes, del director y jefe de estudios. En defecto de cualquiera de ellos, será el secretario del centro el que deba asumir sus funciones.

Para todos aquellos centros educativos con segundo ciclo de Educación Infantil y Primaria, además deberá haber un maestro por cada 50 alumnos o fracción y en los centros con educación secundaria obligatoria o ciclos formativos de grado básico, un profesor más por cada 90 alumnos de estas enseñanzas o fracción.

En centros ordinarios que atiendan a alumnos con necesidades educativas especiales, junto a los servicios mínimos ya establecidos habrá un maestro o profesor por cada 25 alumnos con dichas necesidades o fracción y en Centros Rurales Agrupados, un profesor más por cada localidad.

En Zonas de Casas de Niños deberán estar en su puesto el director de zona y, en cada sede, un maestro por cada 12 alumnos menores de un año o fracción, un maestro por cada 18 alumnos menores de dos años o fracción y un maestro por cada 20 alumnos menores de tres años o fracción.

En centros específicos de Educación Especial estarán el director, jefe de estudios o, en su defecto, el secretario, así como un profesor por cada 15 alumnos o fracción. En centros específicos de Educación Especial con residencia estarán el director, jefe de estudios o, en su defecto, el secretario, y un profesor por cada 15 alumnos o fracción.

En Escuelas Infantiles de gestión directa de la Comunidad de Madrid y unidades de primer ciclo de Educación Infantil en colegios públicos de Educación Infantil y Primaria habrá, además del personal directivo, un maestro por cada 12 alumnos menores de un año o fracción, un maestro por cada 18 alumnos menores de dos años o fracción y un maestro por cada 20 alumnos menores de tres años o fracción.

El director de cada centro garantizará la apertura al comienzo de la jornada escolar y determinará nominativamente las personas cuyas funciones se establecen como servicios mínimos, siendo el responsable de facilitar la información referente al seguimiento de la jornada de huelga.

El director y el jefe de estudios permanecerán en el centro ejerciendo sus funciones respectivas y garantizarán la atención y permanencia de los alumnos en las debidas condiciones. En los internados de los centros de Educación Especial, en los propios centros de Educación Especial y en los centros que escolaricen alumnos con necesidades educativas especiales, éstos además garantizarán la atención y permanencia de los alumnos en las debidas condiciones.

Suscríbete a las newsletters de Informativos Telecinco y te contamos las noticias en tu mail.

Síguenos en nuestro canal de WhatsApp y conoce toda la actualidad al momento.