Si eres uno de los miles de españoles que ya tienen preparados sus décimos y participaciones en la Lotería de Navidad para el gran día del sorteo (y, además, estás convencido de que este año, sí o sí, te vas a llevar un premio, sea cual sea la probabilidad de que ello ocurra), es probable que te preguntes cuándo podrás cobrarlo y ver multiplicadas las cifras de tu cuenta bancaria. Lo cierto es que puedes cobrar tu premio desde muy pronto... pero también debes tener cuidado con el plazo máximo para hacerlo porque, si te pasas, no podrás cobrarlo. ¿Cuándo se puede cobrar un décimo premiado de la Lotería de Navidad?
Lo primero que tienes que tener en cuenta es que no podrás reclamar tu dinero de forma indefinida: hay ciertos plazos y pautas que debes seguir para que Loterías y Apuestas del Estado no termine quedándose con tu premio.
En realidad, la forma de cobro de tu premio este sorteo de Lotería de Navidad 2022 es muy sencilla, pero deberás respetar el plazo de 3 meses a partir del día siguiente a la celebración del sorteo que marca Loterías y Apuestas del Estado. Si no reclamas tu premio en este tiempo, perderás tu dinero, que irá directamente a engrosar las cuentas de Hacienda.
De hecho, una de las fuentes de ingresos 'extra' de esta empresa pública (que depende de Hacienda, y cuyos fondos van destinados a gasto público) procede precisamente del despiste de los ciudadanos que ganan un premio pero nunca lo reclaman, o bien de los casos en que la pérdida del décimo o su deterioro impiden el cobro. también puede ocurrir que determinadas participaciones no se lleguen a vender y que el premio, por tanto, quede desierto.
De todos modos, lo más normal es que, si resultas premiado, no quieras dejar pasar el tiempo y acudas cuanto antes a cobrar tu botín. Podrás hacerlo a partir de las 18.00 horas del mismo día del Sorteo.
Lo que sí debes tener en cuenta es que el lugar en que cobrar tu décimo y los trámites que deberás llevar a cabo dependerán de la cuantía que hayas ganado. La regla general es que los premios iguales o inferiores a 2.000 euros pueden cobrarse en cualquier administración de Lotería, que no necesariamente tiene que ser aquella donde se adquirió el décimo. Además, en estos casos, a la hora de hacer efectivo el cobro no necesitarás ningún tipo de acreditación personal, basando con presentar el décimo premiado original.
En caso de que la cuantía sea superior a los 2.000 euros, deberás acudir a alguna de las entidades bancarias que tienen convenio con Loterías y Apuestas del Estado (Abanca Corporación Bancaria, Banco de Sabadell, BBVA, CaixaBank, Caja Sur Banco, Cajamar Caja rural, Sociedad Cooperativa de Crédito, Ibercaja Banco, Kutxabank o Unicaja Banco). Si no tienes cuenta en ella, deberán entregarte un cheque con el premio, aunque no se trate de tu banco habitual.
Un dato importante es que las entidades financieras no podrán hacer efectivo el pago del premio sin recabar de los ganadores de los premios la documentación e información necesaria para dar cumplimiento a las obligaciones legales de identificación (normativa sobre prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, normativa fiscal o normativa de cualquier otra índole que resulte de aplicación). Por tanto, si percibes un premio que supere los 2.000 euros, detrás identificarte para cobrarlo.
Además, debes saber que las entidades financieras no podrán cobrar ningún tipo de gasto ni comisión por realizar el pago de los premios, y tampoco podrán obligar al jugador agraciado a abrir cuenta alguna en dicha entidad. Tenlo en cuenta si intentan vincular el cobro del premio a la contratación de cualquier producto o al pago de cualquier cantidad.
Por último, ten en cuenta que, siempre que el premio que hayas ganado sea compartido por un grupo de familiares, amigos, compañeros de trabajo, pareja, etc., en el caso de los premios mayores (que se cobran en entidades bancarias), deberán acudir al banco todos los titulares del premio para identificarse en la entidad financiera. Si el grupo es numeroso y voluntariamente los agraciados así lo prefieren, es posible designar a un representante del conjunto que sea quien realice estas gestiones de cobro en nombre de todos. Sin embargo, para hacerlo es necesario un apoderamiento que debe protocolizarse ante notario para que sea válido, ya que hablamos de importes elevados de caudales públicos, lo que requiere tener certeza de a quién y por qué se paga.
No olvides que, en caso de compartir, un décimo, también es importante evitar que una sola persona cobre el premio y lo reparta, ya que en ese caso deberá abonarse el impuesto correspondiente a cada donación: que cada participante cobre su parte por separado.