El Brexit ya está aquí. Tras dos años y medio de negociaciones, Reino Unido saldrá de la UE a las cero horas del próximo 1 de febrero (hora central europea) pero de momento el único efecto tangible es que Londres dejará las instituciones comunitarias ya que, gracias a que el Brexit se produce con acuerdo, ahora comienza un periodo de transición que durará hasta el 31 de diciembre de 2020 y durante el cual el país seguirá aplicando las normas comunitarias. Un divorcio anunciado que, por fin, llega a su fin. Eso sí, dejando en el aire un mar de dudas. ¿Qué pasará a partir de mañana? ¿Cómo nos afecta a la hora de viajar?
Reino Unido ha acordado un periodo de transición, que finalizará a finales de año, para adaptarse a todos los cambios que implican el Brexit. Durante todo el 2020 los españoles podrán viajar a Reino Unido con DNI y sin pasaporte, utilizar su móvil con las mismas condiciones de 'roaming' y utilizar allí el carnet de conducir español.
Tampoco habrá barreras comerciales para las empresas exportadoras o importadoras, la flota europea podrá seguir faenando en aguas británicas y Reino Unido seguirá participando en el programa Erasmus+ hasta el 31 de diciembre de 2020, ha explicado la Embajada británica.
Eso sí, lo que suceda en el futuro, tanto sobre el Erasmus como sobre el 'roaming' o el comercio o la pesca, depende, como otras muchas cosas, de la relación futura que Bruselas y Londres negocien durante los próximos meses.
Durante el periodo de transición, los ciudadanos de la UE en Reino Unido y los británicos en territorio comunitario seguirán disfrutando de los mismos derechos que hasta ahora, pero todos ellos tienen que registrarse para poder mantenerlos en el futuro.
En el caso de Reino Unido, los europeos que se instalen allí antes del 31 de diciembre de 2020 disfrutarán de las mismas condiciones que los que están allí en la actualidad. El plazo para registrarse termina el 30 de junio de 2021. Aquellos que lleven cinco años de residencia continuada recibirán el estatus de asentado (o residencia permanente); los que lleven menos de cinco años recibirán el estatus de preasentado (o residencia semipermanente) y podrán solicitar el estatus de preasentado si residen en Reino Unido antes del 31 de diciembre de 2020.
Más de 170.000 españoles ya se han registrado, de entre los 2,45 millones de ciudadanos de países de la UE que ya han recibido el estatus de asentado o preasentado. El Gobierno británico anunciará a lo largo de este año cuáles serán los requisitos para aquellos españoles que quieran ir a vivir en Reino Unido a partir de 2021.
Por otro lado, las tasas para aquellos españoles que empiecen una carrera o estudios universitarios en Reino Unido antes del 31 de diciembre de 2020 se mantendrán como hasta ahora durante toda la duración de sus estudios. Sin embargo, también deberán pedir el estatus de asentado o de presentado si tienen intención de seguir estudiando o trabajar después del próximo 31 de diciembre.
Además, el DNI se va a poder seguir usando para viajar entre España y Reino Unido durante todo 2020 y los cambios que haya a partir de 2021 se notificarán con tiempo suficiente. Los españoles que estén registrados como residentes en Reino Unido podrán seguir usando su DNI al menos hasta 2025.
En cuanto a la asistencia sanitaria, se mantiene el derecho de los ciudadanos de la UE a continuar recibiendo asistencia sanitaria en Reino Unido en las mismas condiciones que las actuales hasta el 31 de diciembre de 2020 aunque algunas agencias de viajes como Rumbo aconsejen a sus clientes considerar un seguro de viaje. Los ciudadanos comunitarios residentes en Reino Unido deben darse de alta en el sistema de salud británico, el NHS.
Los turistas podrán seguir utilizando su tarjeta sanitaria europea en sus desplazamientos a Reino Unido, que seguirá teniendo vigor hasta el 31 de diciembre de 2020, ha explicado por su parte el Ministerio de Asuntos Exteriores, UE y Cooperación español.
En lo relativo al reconocimiento de cualificaciones profesionales, a los ciudadanos de la UE, ya sean residentes en Reino Unido o trabajadores transfronterizos, se les seguirá aplicando el régimen derivado del Derecho de la Unión Europea hasta el 31 de diciembre de 2020. Para que su titulación profesional sea reconocida después del período transitorio, deberán solicitar su reconocimiento antes del 31 de diciembre de 2020.