Martha Sepúlveda no recibirá la eutanasia que estaba programada para el domingo 10 de octubre en el Instituto Colombiano del Dolor (Incodol). El centro clínico publicó un día antes un comunicado en el que cancelaba el procedimiento que se le iba a realizar a la mujer, de 51 años de edad, al no cumplir la paciente "el criterio de terminalidad". De no haberse suspendido, Martha Sepúlveda sería la primera mujer de Colombia en recibir la eutanasia sin tener una enfermedad terminal.
"El Comité Científico Interdisciplinario para el derecho a morir con dignidad a través de eutanasia del Instituto Colombiano del Dolor S.A.S, según reunión del 08 de octubre del presente año, en la cual se revisó y analizó de nuevo de forma amplia y suficiente la solicitud de la señora Martha Liria Sepúlveda, concluyó de manera unánime cancelar el procedimiento a morir con dignidad a través de eutanasia, programado para el día 10 de octubre de 2021", reza el comunicado publicado el 9 de octubre por Incodol.
La decisión de cancelación, argumentan, "se basa en el numeral 26.6 del artículo 26 de la Resolución 971 de 2021 del Ministerio de Salud y de Protección Social, que le asigna al Comité dentro de sus funciones revisar el trámite de la solicitud y el procedimiento eutanásico completo, a fin de detectar alguna situación que afecte el desarrollo del mismo. Es por eso que, al contar con un concepto actualizado del estado de salud y evolución de la paciente, se define que no se cumple con el criterio de terminalidad como se había considerado en el primer comité".
Martha Sepúlveda padece esclerosis lateral amiotrófica desde hace tres años y, como consecuencia, tiene series dificultades para caminar y el dolor en sus piernas cada vez es más insoportable. La mujer, de 51 años de edad, decidió poner fin a su vida a través de la eutanasia después de que el país latinoamericano hubiese reformado la ley que permite la eutanasia desde 1997.
Fue el pasado 23 de julio de 2021,cuando una resolución del Tribunal Constitucional colombiano alumbraba una ampliación de derechos sentando jurisprudencia sobre la eutanasia y las personas que se pueden acoger a ella. El fallo de los magistrados entonces recogió bajo el paraguas de la ley de 1997 a aquellos pacientes cuya enfermedad les provoque intenso sufrimiento por lesión corporal o enfermedad grave incurable.
Para que la eutanasia tenga validez legal siendo considerada como tal y no como homicidio, debe ser realizada por un médico bajo el consentimiento expreso e informado del paciente. Con su muerte, Sepúlveda será la primera persona sin un diagnóstico terminal en acogerse a la eutanasia en Colombia.
Desde que conoce la noticia, Martha había afrontado sus últimos días con serenidad, rodeada de los suyos y, según ella misma reconocía, con mucha más tranquilidad. A pesar de que procesa el catolicismo, Sepúlveda no reconoce como un pecado la decisión de dejar de vivir tal y como aseguró en una entrevista con Noticias Caracol.
Su familia al principio recibió la noticia con cierto escepticismo, pero finalmente entendió a Martha y afirman no querer verla sufrir. Federico, el hijo de Sepúlveda, aseguró que sería un acto de egoísmo obligar a su madre a que se quedara.