Este martes la Cámara del Trabajo ha declarado la invalidez constitucional del capítulo laboral del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) dispuesto por el presidente argentino Javier Milei. La sentencia, que representa un fracaso en la reforma laboral que busca poner en marcha el presidente, ha sido firmada por los jueces de la sala de Feria en el marco de una causa impulsada por la Confederación General del Trabajo (CGT), que la semana pasada llevó a cabo una huelga y manifestación en el Congreso argentino. "No puede sostenerse, en modo alguno, que el Poder Ejecutivo puede sustituir libremente la actividad del Congreso, o que no se halla sujeto al control judicial", consideró la cámara.
Esta reforma, muy contestada en las calles, establece modificaciones "peyorativas y permanentes" en los derechos de los trabajadores y sindicatos según recoge esta resolución de la Cámara del Trabajo. También vulnera la división de poderes porque esas modificaciones deben ser debatidas por el poder legislativo, no por el ejecutivo. Contra este gran primer revés judicial al que se enfrenta Milei, cabe recurso.
Los artículos invalidados estipulaban modificaciones en la manera de establecer contratos y limitaban el poder de gremios y sindicatos.
Un tribunal federal argentino suspendía el lunes la derogación de la Ley de Tierras, una norma que restringe la venta de terrenos a ciudadanos extranjeros en un nuevo revés para el plan desregulador del presidente argentino, Javier Milei. El juez federal de La Plata Ernesto Kreplak ha dictado medida cautelar contra la derogación como consecuencia de un recurso de amparo presentado por el Centro de Excombatientes Islas Malvinas La Plata (Cecim), informa el diario argentino 'La Nación'.
La Ley de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras, nombre oficial de la norma, recupera así su vigencia porque el decreto derogatorio no explica por qué esta medida ayudaría a resolver los problemas sociales y económicos del país. Además cuestiona que se decida por un decreto nacional de urgencia. "Si el Ejecutivo no da razones sobre su elección (o las brinda en forma insuficiente), aun cuando la decisión sea jurídicamente válida, no es posible controlarla en términos ciertos", explica el dictamen judicial.
La ley limita a 1.000 hectáreas la cantidad de terrenos que puede adquirir un ciudadano extranjero en la zona núcleo. Posteriormente las provincias fijaron equivalencias. El objetivo es que no se puedan adquirir más del 15 por ciento de las tierras rurales del país, cifra que era en 2011 del 6,09 por ciento. En 2020 había caído al 5 por ciento.
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