El dueño de un pub de Vitoria, condenado a 8 años por abusar de una menor y elaborar pornografía
Cerró el pub y les propuso quedarse para jugar a 'reto o chupito' a dos menores, de 16 y 17 años
Las cámaras de seguridad que usó para grabar los abusos, determinantes para condenarle
Detenido por agredir sexualmente a la hija menor de su pareja: llevaba tiempo haciéndolo
La Audiencia Provincial de Álava ha condenado a ocho años de prisión al dueño de un pub de Vitoria por abusar sexualmente en 2021 de una menor y elaborar material pornográfico, ya que grabó los abusos a esa menor y otros actos sexuales en los que estuvo implicada otra menor de edad, sin el consentimiento de ambas, que tenían 16 y 17 años. La sentencia puede aún ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV).
Las mismas cámaras de seguridad del local del Casco Viejo de la capital alavesa que el condenado usó para grabar los abusos, han sido determinantes para condenarlo.
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Además de los ocho años de privación de libertad, deberá indemnizar a una de las menores con 15.000 euros y a la otra con 3.000, y se ha establecido que pase seis años en libertad vigilada, una vez salga de prisión.
'Reto o chupito'
Los hechos ocurrieron de madrugada, el 2 de septiembre de 2021. El ahora condenado, tras cerrar el local, propuso a las dos menores quedarse a jugar a ‘reto o chupito’. Aprovechando que una de ellas estaba ebria, el dueño le propuso realizar actos sexuales que ella “no consintió” y en los que no participó de manera activa porque era "un muñeco" que "se deja hacer”.
Las imágenes no dejan lugar a dudas sobre el estado de embriaguez de la víctima, algo que se confirmó horas después con los análisis de sangre que le practicaron.
En un primer momento, la Fiscalía acusó al hombre de abusar sexualmente de las dos menores, pero finalmente la Audiencia de Álava ha declarado probado que el abuso se cometió solo sobre una de ellas, ya que la segunda menor, según la prueba videográfica, "no está tan borracha como para no saber lo que hace", "participa activamente en las prácticas sexuales" y “su consentimiento es válido porque se encontraba en condiciones psico-físicas para darlo, tenía consciencia y voluntad”.
Elaboración pornografía
Sobre el delito de elaboración de material pornográfico, la resolución recoge que en las grabaciones de la cámara de seguridad del pub se observa cómo las dos menores le piden al acusado que no grabe lo que estaba sucediendo.
Sin embargo, el tribunal concluye que él las “engañó”, ya que se limitó a apagar los monitores donde se veía lo que captaba la cámara mientras esta seguía grabando e insistió en que las prácticas sexuales se llevaran a cabo en el campo visual de esa cámara.
El tribunal sí reconoce la existencia de la atenuante de dilaciones indebidas que solicitó la defensa del acusado debido a dos periodos de paralización que alargaron la finalización del procedimiento en primera instancia y que unido a la “lentitud” con la que se tramitó la causa en el juzgado de instrucción motivó que haya mediado tres años hasta el juicio oral, un tiempo que considera “excesivo para la complejidad del asunto”.
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