Las elecciones vascas de 2024 del 21 de abril se perfilan como un evento significativo en el contexto político del País Vasco, pero también para toda España, al reflejar la vitalidad democrática y la particularidad del sistema de autogobierno vasco. Estas elecciones determinarán la composición del Parlamento Vasco, que a su vez influirá en la formación del Gobierno Vasco durante los próximos años. El proceso electoral en Euskadi no solo destaca por su importancia en la definición del futuro político y económico de la región, sino también por su riguroso cumplimiento de las normas electorales que buscan asegurar la transparencia y equidad del proceso.
En este contexto, la composición de la mesa electoral es un componente crucial en el proceso de estas (y todas) elecciones. Cada mesa electoral está formada por un presidente y dos vocales, los cuales son seleccionados por sorteo entre la población censada que cumple con los requisitos legales. Además de estos titulares, se designan dos suplentes para cada cargo, preparados para intervenir en caso de que alguno de los miembros titulares no pueda cumplir con sus obligaciones. Esta estructura está diseñada para garantizar que el proceso de votación se desarrolle de manera ordenada y conforme a la legislación electoral vigente, desde la apertura del colegio electoral hasta el cierre y el posterior conteo de los votos recibidos.
Tras la designación, recibirás una notificación oficial de tu ayuntamiento. Debes confirmar tu participación y revisar cualquier posible motivo válido de exención como ser mayor de 70 años, tener alguna discapacidad, estar de guardia médica, entre otras posibilidades. Si consideras que tienes una justificación válida para no participar, puedes presentar una alegación ante la Junta Electoral de Zona desde el momento de la notificación hasta diez días después, recibiendo respuesta posterior a la reclamación realizada.
Los suplentes deben presentarse en el colegio electoral a las 8:00 a.m., una hora antes de la apertura de la mesa electoral a las 9:00 a.m. Es esencial para verificar que todo el material electoral esté completo y en orden. Aunque en principio la presencia como suplente podría no ser necesaria más allá de estos momentos iniciales. Sin embargo, si uno de los miembros titulares no se presenta, deberás asumir sus funciones, ya sea como presidente o como vocal de la mesa electoral en cuestión.
Durante la votación, los suplentes que no sean requeridos pueden retirarse del colegio electoral una vez confirmada su presencia y firmado el acta correspondiente, liberándolos de otras responsabilidades durante el día, siempre que todos los miembros titulares estén presentes y no se requiera su participación.
Si finalmente debes actuar como presidente o vocal debido a la ausencia de un titular, recibirás una compensación de 70 euros, libre de impuestos. Además, tanto los titulares como los suplentes tienen derecho a un permiso retribuido de jornada completa el día de la elección y a una reducción de jornada de cinco horas el día siguiente si han estado en mesa el día de las elecciones.
Si por alguna razón, la mesa electoral no puede constituirse, por ejemplo debido a la ausencia de los miembros necesarios, se debe informar de inmediato a la Junta Electoral, la cual tomará las medidas pertinentes para asegurar que la votación pueda llevarse a cabo, incluyendo la designación de nuevos miembros si es necesario. En estos casos lo habitual es que los primeros votantes que acudan a la mesa sean seleccionados como miembros de la mesa y tengan que permanecer el resto del día realizando las tareas electorales pertinentes.
Es crucial entender que la falta de asistencia sin una causa justificada y documentada puede acarrear consecuencias legales, incluyendo posibles sanciones o multas