Condenan a una conductora de autobús en Bilbao por lesionar a una viajera de 17 años que la agredió
La sentencia no aprecia legítima defensa a pesar de que la menor agredió primero a la chófer
Considera que hubo una pelea entre ambas y aplica la pena mínima
La menor acabó con lesiones que tardaron cuatro días en curar y la conductora inconsciente
La Justicia ha condenado a una conductora de Bizkaibus a pagar una multa de 210 euros por un delito leve de lesiones a una viajera de 17 años, en el momento de los hechos.
La sentencia considera que la agresión no se produjo por legítima defensa, dado que “ambas se enfrentaron en una situación de riña mutuamente aceptada”, se trató de una “pelea” y “se pegaban la una a la otra”.
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Para llegar a este fallo, que puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial de Bizkaia, se han tenido en cuenta el relato de varios testigos que presenciaron como se golpearon la una a la otra, y además las cámaras de seguridad del propio autobús que grabaron la escena.
Tirones de pelo y empujones
Ocurrió en enero de 2023. Al parecer, la chófer de Bizkaibus impidió la entrada en el autobús de esta menor en el municipio vizcaíno de Mungia porque, según señala El Correo, no estaría en condiciones, tras supuestamente haber ingerido alcohol. Sin embargo, la joven se coló. Al llegar a Bilbao, la sentencia recoge que la menor escupió un chicle a la conductora que, tras abrir bruscamente la puerta, la empujó por la escalerilla y ya en la calle se entabló “una pelea entre ambas”.
La menor, que requirió de asistencia sanitaria, sufrió erosiones en la muñeca y en la mano, además de un hematoma y tardó cuatro días en recuperarse. Los empujones, tirones de pelo y forcejeos continuaron y la chófer terminó inconsciente y teniendo que ser trasladada a un centro hospitalario. A pesar de este final, la sentencia determina que “existe un acometimiento injusto” sobre la menor “en el momento inicial del episodio, que luego derivó en las importantes lesiones padecidas” por la conductora.
La jueza, que no aprecia legítima defensa por parte de ninguna de las dos implicadas, le impone la pena mínima de siete euros al día, durante un mes. La magistrada entiende que la conducta de la menor pudo alterar el ánimo de la chófer, pero no su obcecación. Además, la conductora deberá pagar las costas del procedimiento. El juicio contra la menor, aún no se ha celebrado.
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