La fiscal pide al TS la confirmación de las condenas a 6 años de cárcel de 15 integrantes de Segi

EUROPA PRESS 27/09/2011 12:28

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha solicitado este martes la confirmación en todos sus términos de una sentencia dictada en octubre del pasado año por la Audiencia Nacional que condenó a 6 años de prisión por un delito de integración en organización terrorista a los miembros de la organización juvenil Segi Ekaitz de Ibero, Pello María Lamarca, Mikel Arretxe, Unai Pérez, Egoi Alberdi, Oier Lorente, Adur Fernández, Aitor Olaizola, Asier Mariezcurrena, Imanol Alder Vicente, Nahikari Otaegi, Urko Picaza, Beñat Apalategi, Igor Álvarez y Ekaitz Ezquerra.

Durante la vista pública celebrada en el alto tribunal, las defensas de los condenados, ejercidas por los letrados Iñigo Iruín, Ainhoa Baglietto y José María Elosúa han solicitado la libre absolución de todos ellos al estimar que no existe prueba para condenarlos.

Según Elosúa, la sentencia dictada en su día por la Audiencia Nacional es un "despropósito jurídico y causa un mal irreparable" a las personas que han sido condenadas. Los letrados alegaron que las pruebas de cargo se sustentaron en la mayor parte de los casos en declaraciones de otros detenidos en la misma operación, no ratificadas ante el juez y sin corroboración por otras pruebas, según esta parte.

ALEGAN FALTA DE CORROBORACIÓN

Entre otros detalles, los abogados reprocharon que la Audiencia Nacional considerara como material para corroborar las declaraciones inculpatorias la presencia en el domicilio de alguno de los condenados de libros sobre la historia de ETA o camisetas con anagramas de la organización juvenil de la banda.

La representante de a fiscalía, por su parte, ha considerado que había prueba suficiente para condenar y ha solicitado a la Sala que desestime todos los motivos de casación contenidos en los escritos de las defensas.

El ponente de la sentencia que se dicte por esta causa será el magistrado Carlos Granados. Completan la Sala Julián Sánchez Melgar, José Ramón Berdugo y Alberto Jorge Barreiro.

El 10 de octubre del pasado año, la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional absolvió en esta misma causa a Imanol Igal y Breogan Fernández. Todos los implicados habían sido detenidos en 2007 el marco de una investigación policial destinada a esclarecer numerosos ataques de 'kale borroka' desarrollados principalmente en San Sebastián desde 2005. La Fiscalía solicitaba para los 17 penas de ocho años de prisión.

Según la Audiencia Nacional, los condenados integraban distintos 'taldes' dedicados a la organización de acciones como el incendio de autobuses y contenedores o los cortes de tráfico y vías férreas, "creando un clima de amedrentamiento entre la población".

La Sección Segunda tuvo cuenta en su decisión las declaraciones policiales efectuadas por varios de los condenados en las que reconocieron haber participado en distintas acciones de 'kale borroka' y militar en Segi o implicaron a compañeros. Igualmente, se valoró la incautación en los registros de sus domicilios de material vinculado a la organización juvenil vinculada a ETA.

La Audiencia Nacional destacaba además que el hecho de que los 15 jóvenes se negaran a declarar en la vista oral debía valorarse como indicio incriminatorio según la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y del Tribunal Supremo.

En cuanto a los dos absueltos, la Audiencia explicaba que en sus respectivos domicilios no se intervino material de la organización terrorista Segi ni efectos relacionados con actos de 'kale borroka' por lo que "no se cumplen las exigencias de la corroboración mínima requerida" para su condena".