Las principales peticiones de víctimas de accidentes y ciclistas, que exigían que las lesiones volviesen a ser motivo de sanción, han sido contempladas en la nueva reforma del Código Penal. Según ha señalado la agrupación de víctimas y ciclistas, este hecho es de suma importancia ya que ocupa el 90% de los casos de los accidentes. Según el texto aprobado, el conductor que cause lesiones tendrá una pena de multa de tres a doce meses.
De esta forma, la reforma ha sido efectuada al no haberse admitido ninguna enmienda, y entrará en vigor a partir de su publicación en el BOE.
En esta ocasión, el exceso de velocidad, conducción bajo la influencia del alcohol y bajo influencia de drogas, serán supuestos considerados como "imprudencia grave" al volante. Hasta el momento esto no era así y el juez determinaba la gravedad de los hechos, sin embargo, en la actualidad será fijado directamente.
Agravamiento de las penas
Las penas máximas de hasta cuatro años de prisión ahora aumentan hasta los seis si se originan de dos fallecidos o un fallecido y un lesionado muy grave (lesiones invalidantes) cuando sea por una imprudencia grave. Como caso extremo, la juez podrá decretar hasta los 9 años de prisión cuando el número de fallecidos sea una cifra alta.
Abandonar el lugar del accidente habiendo cometido una infracción al volante previa también será motivo de delito según lo establecido por el nuevo Código Penal avalado por la Cámara Alta.Las penas pertinentes oscilarán entre seis meses y cuatro años de cárcel y la retirada del carné de conducir entre uno y cuatro años. En el caso de que la omisión de socorro sea "fortuita", se reducirá la pena a un máximo de seis meses. Otra novedad, ya que el Código Penal no contemplaba que la huida del lugar de los hechos fuese constitutivo de delito.
Otras medidas quedan en la incógnita como, por ejemplo, aumentar a 6 puntos la pérdida de puntos del carné por usar el móvil al volante; reducir la velocidad máxima para circular en ciudades a 30 km/h para vías de un único carril por sentido; la regulación estatal de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), entre los que se incluyen los patinetes eléctricos; y la obligatoriedad de asistir a 8 horas de clase teórica presencial para futuros conductores del permiso A y B, entre otras propuestas.
Los afectados, orgullosos con la aprobación
Esta reforma fue impulsada por un grupo de personas afectadas por accidentes de tráfico. La autora de la iniciativa, Anna González, que defendió la causa tras perder a su marido en un accidente ciclista, celebra ahora junto con el resto de las agrupaciones la reforma del Código Penal que impulsa endurecer este tipo de delitos al volante al incluir como agravantes el exceso de velocidad y el consumo de drogas o alcohol, que vuelve a penalizar las lesiones causadas por estas conductas y sanciona el abandono del lugar del accidente.
La condena impuesta al hombre que arroyó al marido de Anna sería distinta ahora. En ese momento, su marido falleció de manera fulminante. La pena impuesta al conductor fueron dos años de cárcel, sin que se tuviera en cuenta que huyó del lugar de los hechos, porque esta conducta no estaba tipificada como delito autónomo en el Código Penal.
Tras efectuar esta nueva ley, tanto ella como el equipo de asesores que la han acompañado durante estos tres últimos años, se sienten "muy contentos" con que se haya aprobado finalmente esta reforma.
En cualquier caso, han criticado la demora de tramitación que ha efectuado el proceso desde que se tramitó en el Congreso hasta el momento de su aprobación. Anna González, principal impulsora, ha calificado la burocracia como un proceso "muy lento" y señala que estos tres últimos años han sido "intensos" y no precisamente "fáciles", llegando a comparar el proceso con "ir avanzando 1 milímetro de un muro de hormigón", ha concluido la afectada.
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