El Consejo Interterritorial de Salud Pública que está celebrando este jueves está sirviendo para que las comunidades autónomas acerquen posturas en cuanto a la aplicación de un toque de queda a nivel nacional.
Según apuntan fuentes de la reunión, este instrumento de toque de queda o reducción de la movilidad en horario nocturno está muy avanzado a la espera de estudiar bajo qué instrumento jurídico se puede aplicar y si es necesaria la declaración del estado de alarma para aprobarlo.
Estas fuentes precisan que en todo caso no se llegará hoy a la decisión final, pero indican que hay muchas posibilidades de que haya acuerdo al respecto de este toque de queda.
Además, añaden que hay una clara mayoría de comunidades autónomas a favor de que este toque de queda se implemente a nivel nacional a falta de dirimir bajo qué amparo jurídico puede acometerse.
De otro lado, explican estas fuentes que todas las comunidades autónomas han votado a favor de una nueva guía de medidas a aplicar a nivel nacional para frenar el avance del coronavirus a excepción de País Vasco y Madrid, que se han abstenido a la espera de analizar el documento definitivo.
El Ministerio de Sanidad y las comunidades han acordado este jueves que en las zonas de más incidencia de casos de coronavirus se limite hasta las 23.00 horas la apertura de todos los establecimientos no esenciales, como bares y tiendas, y que recomienden a sus habitantes salir de casa "solo lo necesario".
Así lo han plasmado en el documento "Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de covid19".
El documento señala que los principales ámbitos de transmisión de los casos se produce la mayoría en reuniones de familiares y amigos, con lo que "se consideran eficaces" medidas como la limitación del número de personas en las reuniones, sobre todo en interiores.
También son eficaces relacionarse "en burbujas sociales estructuradas en grupos de convivencia estable" o permanecer en el domicilio salvo lo estrictamente necesario.
Aconseja, además, promover todas aquellas actividades que se puedan realizar al aire libre y promover el cierre o la reducción de aforos de los establecimientos en los que no se pueda garantizar una adecuada ventilación y un cumplimiento de las medidas de prevención e higiene.
En cualquier caso, la decisión sobre qué medidas y cuándo aplicarlas será de las comunidades, aunque deben informar antes de su implantación al Ministerio.
El ministro de Sanidad, Salvador Illa, tiene claro que para implantar dicha medida -que se aplica en varias zonas de Francia o en Bélgica- es necesario el consenso de los ejecutivos autonómicos y la declaración del estado de alarma.
En tal caso, sería el Consejo de Ministros el que aprobase las medidas concretas (horarios, restricciones, excepciones) en un decreto, en el que cabría incluso la posibilidad de establecer distinciones entre diferentes territorios.
Las medidas adoptadas en virtud del estado de alarma -regulado en la Ley 4/1981- tendrán una vigencia de quince días y las posteriores prórrogas deben ser validadas por el Congreso de los Diputados.
La duda es si existen otras vías para aplicar una restricción de un derecho fundamental a toda o a buena parte de la población, como por ejemplo la Ley 3/1986 de Medidas Especiales en materia de Salud Pública.
En ese caso, serían los jueces quienes deberían validar la decisión, la Audiencia Nacional si se tratase de un acuerdo del Consejo Interterritorial o los distintos tribunales superiores si lo acordasen las comunidades autónomas.
Han sido esos tribunales los que han ido validando medidas restrictivas de la movilidad aprobadas por distintos Gobiernos autonómicos y en pocas ocasiones (Aragón o esta misma mañana el País Vasco) las han echado atrás.