Dos atestados de dos fiestas ilegales, uno de ellos grabado en vídeo, han planteado una pregunta que lleva sonando varios días, desde la difusión del vídeo el 27 de marzo: ¿puede la policía entrar en un domicilio sin orden judicial?. La respuesta definitiva a este caso concreto, una vez más la darán los tribunales, y aunque hay quien defiende la actuación policial, son más los juristas que la califican de "desproporcionada". Eso sí, sin aplaudir las fiestas ilegales.
En la escena grabada se ve a una joven que se niega a abrir la puerta a los agentes si no se identifican y presentan una orden judicial. Al final, ellos tiran la puerta abajo invocando la Ley de Seguridad Ciudadana
No. Una fiesta ilegal es una infracción administrativa. Mª Jesús del Barco, portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura, explica que la orden en un caso así es totalmente necesaria: "Si para entrar en un local donde hay delitos de trata de personas se requiere una orden, con más motivo será necesaria en este caso donde hablamos de una infracción", responde a NIUS.
Ellos entraron con el argumento de que según la Ley de Seguridad Ciudadana, tienen la potestad de exigir a los ciudadanos que se identifiquen. Al negarse, y negarse a abrir la puerta, los participantes de la fiesta estarían cometiendo un delito de desobediencia, que calificaron de "flagrante".
Al hablar de un delito, ellos se sintieron autorizados para actuar y derribar la puerta. Pero Del Barco explica que, para poder entrar sin orden, debe haber una situación de riesgo, porque esa entrada tiene que servir para "que se deje de cometer el delito que se está cometiendo".
El ejemplo que pone, es el de las agresiones. "En esos casos está muy justificada la entrada sin orden, porque hay riesgo para otra persona".
No, porque además la desobediencia viene a ser un delito "instantáneo". Es decir, se ha producido en el momento en el que los jóvenes no se han identificado, con lo que la irrupción de los agentes no lo evita.
"Hombre, los policías pueden pasarse toda la noche pidiendo la apertura de la puerta y los jóvenes negarse a todas esas órdenes", pero no se trata de eso. Una entrada así es "desproporcionada", insiste esta jueza que además es la decana de los Juzgados de Plaza de Castilla, los centrales de Madrid.
En su denuncia, los agentes hicieron referencia a un orden del Director Ajunto Operativo del 16 de marzo. Fuentes policiales, del ministerio del Interior, y del Gobierno aseguran que el oficio simplemente recuerda la obligación de la Policía de controlar las infracciones de las medidas anti covid.
Aquí puede consultar ese oficio.
Otro de los argumentos de los agentes, es que ninguno de los participantes en la fiesta residía en ese piso, algo en lo que hace hincapié el Gobierno.
Del Barco señala que eso es indiferente porque el Tribunal Constitucional ya ha dejado claro "hace muchísimo tiempo", que el concepto de "morada" no está ligado al de "propiedad", sino al de "intimidad", y en ese sentido, vale también para inquilinos o personas que están unos días en un hotel.
"Hotel, tienda de campaña, rulot… todo se considera tu morada cuando estás viviendo ahí, aunque sea por unos días" explica la jueza, que añade que si la policía quiere entrar en un hotel donde estamos alojados también necesita orden judicial.
En la misma línea, habla Joaquín Urías, que recuerda la sentencia del Tribunal Constitucional en su perfil de Twitter.
Tras la irrupción, nueve de los 20 jóvenes fueron detenidos. La mujer que hizo las veces de "portavoz" negándose a abrir la puerta, solicitó el habeas corpus
El habeas corpus es un derecho que puede reclamar un detenido para ser puesto a disposición judicial y que un determine si su detención es ilegal.
Según la jueza de guardia, es legal, porque al rechazar el habeas corpus, . Otra cosa es lo que pueda ocurrir si se inician diligencias para investigar la actuación de los policías.
De momento, hay diligencias abiertas, pero porque hay una denuncia de los agentes contra los jóvenes y eso es lo que investiga.
Ana Vázquez Blanco, portavoz del PP en la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados, sí cree que hay armazón legal para ejecutar una entrada de esas características, "bien por delito flagrante al estar cometiendo algo prohibido por las leyes, o por desobedecer al ser requeridos", ha asegurado en medio de esta polémica.
Son muchos los que estos días se han acordado de la Ley Corcuera o de la "Patada en la puerta", pero lo cierto es que esa ley resultó derogada con la de Seguridad Ciudadana, conocida como "ley Mordaza" y aprobada en 2015.
Aquella norma, aprobada en 1992, y bautizada con el nombre del entonces ministro del Interior socialista José Luis Corcuera, facultaba a los agentes para entrar a una vivienda sin orden judicial si tenían "fundado conocimiento" de que se estaba cometiendo un delito relacionado con el tráfico de drogas. Año y medio después ese artículo de la ley fue declarado inconstitucional y Corcuera, tal y como había prometido, dimitió.