Y habló el Tribunal Supremo para defender a las segundas esposas, en este caso para defender el derecho de Habiba y de paso fijar jurisprudencia. El Alto Tribunal ha reconocido el derecho a las segundas mujeres de los militares de la Guardia Mora de Franco a percibir la pensión de viudedad en las mismas condiciones que las primeras.
La sentencia viene a resolver la petición de Habiba, residente en Marruecos, que reclama el derecho de percibir la pensión de viudedad de su esposo, militar que prestó servicio en la Guardia Mora de Franco en los años 60 y que tenía dos esposas.
El Tribunal Supremo que todavía tiene que resolver la petición de la primera esposa del militar ratifica en esta sentencia los argumentos que ya empleó en otro caso hace un año. En 2018 la Sala de lo Contencioso-Administrativo reconoció por primera vez ese derecho a dos mujeres en parecidas circunstancias que ahora. Entonces el fallo no fue unánime y contó con un voto particular discrepante. Ahora sí es unánime lo que hace que al ser el segundo pronunciamiento del Tribunal Supremo, siente jurisprudencia.
Igual que en la primera sentencia, el fallo desestima los argumentos de la abogacía del Estado sobre la condición de polígamo del militar marroquí para denegar la pensión. La poligamia es contraria a la norma española pero el fallo se apoya en el convenio firmado por España con Marruecos en 1979 que recoge en el artículo 23 establece que "la pensión de viudedad causada por un trabajador marroquí será distribuida en su caso, por partes iguales y definitivamente entre quienes resulten ser, conforme a la legislación marroquí beneficiarios de dicha prestación".
"No tiene nada que ver con la poligamia, estamos hablando de reconocer los derechos a estas mujeres que cumplen con los requisitos, no entiendo la polémica" aclara García-Tuñon. Han tenido que acreditar la relación de parentesco con el marido, que éste tuviera el llamado DNI bilingüe (documento que expidió el gobierno franquista a la unidad militar de élite de origen marroquí), su hoja de servicios y el acta de fallecimiento.
"Estamos hablando de unos 240 euros de pensión de viudedad que tienen que compartir todas las esposas que tuviera el militar", aclara la abogada Beatriz García-Tuñon. El Estado español tendrá además que pagar los atrasos y los intereses que se hayan generado. "Empecé a presentar expedientes por vía administrativa en 2015. Tenemos entre 50 y 70 casos".
No hay cifras oficiales de cuantas mujeres se podrán acoger a la decisión. "Estamos hablando de mujeres-en el caso de las segundas esposas- que ahora mismo tendrán entre 40-50 años con hijos menores de edad a su cargo"
En muchos de los casos las primeras esposas de estos militares han fallecido ya. La decisión del Tribunal Supremo provocará que algunos de esos expedientes no lleguen a verse en los tribunales y puedan resolverse por la vía administrativa.