El Consejo de ministros ha tenido un protagonista, Salvador Illa que lo deja. Y lo hace sin arrepentirse de nada. Dice que se va donde es más útil, con una tercera ola disparada. El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha asegurado eso sí que abandona el cargo "con mucha pena", pero con el "honor" de haber servido a "todos los españoles" y con la intención de seguir dando lo mejor de sí mismo "donde pueda ser más útil" y para "derrotar todos juntos a este virus".
"Para mí ha sido un honor servir a todos los españoles. Me voy con mucha pena: dejo en Madrid, que es una ciudad fantástica, a muchos amigos, dentro del Gobierno por supuesto, pero también fuera", ha dicho Illa tras comparecer en rueda de prensa tras su última reunión en el Consejo de Ministros.
En su marcha se lleva consigo "a todas las familias que han padecido o siguen padeciendo la enfermedad y a todos los que han perdido a un ser querido".
En su mensaje de despedida, Illa se ha referido en primer lugar a los miembros de la comisión de Sanidad del Congreso y a los miembros del Senado, a los que ha manifestado su "respeto y máximo reconocimiento" y ha recordado una de sus intervenciones más memorables en el Congreso, al asegurar que "he aprendido mucho de mis adversarios".
Por otra parte, Illa ha dado las gracias a todos los profesionales sanitarios, desde "médicos y especialistas" hasta "celadores y personas de labores de limpieza" y ha subrayado su "vocación y profesionalidad en esta pandemia terrible". Además, se ha dirigido a la ciudadanía española que ha padecido "medidas muy duras que han alterado la vida cotidiana" y ha agradecido el cumplimiento "ejemplar" de una "forma muy mayoritaria". Toda la oposición ha criticado la marcha de Illa en el pico de la tercera ola, y más horas antes de tener que dar explicaciones en el Congreso. También le acusan de retrasar un confinamiento duro a que pasen las elecciones catalanas donde las encuestas le ponen cerca de la victoria.
El Consejo de Ministros además ha aprobado este martes la prórroga hasta el 31 de mayo del esquema de protección de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) vinculados a la covid-19 para empresas y trabajadores, así como la de las prestaciones para autónomos.
La ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que el real decreto por el que se prorrogan estas ayudas buscar "preservar el tejido productivo", al tiempo que "refuerza y consolida la defensa del empleo".
El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, ha valorado el rápido acuerdo alcanzado con los agentes sociales para prorrogar los ERTE, que afectan a más de 756.000 empleados, y las prestaciones para autónomos, que protegen a 350.000 trabajadores por cuenta propia
En concreto, el real decreto mantiene los ERTE de fuerza mayor, de impedimento y de limitación vigentes hasta ahora y facilita el tránsito entre estos últimos sin que sea necesario tramitar un nuevo expediente.
La norma flexibiliza los requisitos para que los jóvenes en ERTE puedan adscribirse al Sistema Nacional de Garantía Juvenil y prorroga el Plan MECUIDA, para que los trabajadores puedan flexibilizar su jornada para ejercer los cuidados de personas dependientes. Los artistas de espectáculos públicos podrán seguir percibiendo las prestaciones por desempleo en los términos vigentes. Además, el real decreto permitirá que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social extienda actas de infracción automatizadas sin intervención directa de un funcionario y preservando las garantías jurídicas.
El real decreto incluye también la extensión hasta el 31 de mayo de la prestación extraordinaria por cese de actividad para los autónomos, que reduce del 75 % al 50 % el nivel de caída de actividad para acceder al cobro de la prestación.
El ministro de Inclusión y Seguridad Social, José Luis Escriva, ha señalado este martes que, en un contexto de tanta incertidumbre como la pandemia de la covid-19, las previsiones económicas tienen una "utilidad limitada" y no hay que darles "mucho peso". Cuestionado por la rebaja de previsiones del Fondo Monetario Internacional (FMI) para España en 2021 -en 1,3 puntos hasta el 5,9 %, Escrivá ha apuntado que estas previsiones a medio-largo plazo en el contexto actual están sometidas a "constante revisión" y ha pedido estar atentos a los datos que se van a conocer esta semana - la Encuesta de Población Activa (EPA) del último trimestre del año- o la próxima con los datos de afiliación y paro de enero.
Las previsiones, ha añadido, tienen una "enorme dificultad técnica" en ese contexto y "están sometidas a error de revisión considerable". En la misma línea, la ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha añadido que las previsiones del FMI no tienen en cuenta los datos del PIB último trimestre, que se publican este viernes, y ha recordado que el Fondo también señala que España va a tener en 2021 un crecimiento superior a la zona euro.
El FMI ha rebajado en 1,3 puntos su previsión de crecimiento económico para España en 2021, hasta el 5,9 %, principalmente por la incertidumbre global por el aumento de contagios de covid-19 a finales de 2020, nuevas órdenes de confinamiento y problemas logísticos con la distribución de las vacunas.
Pese a esta reducción, España avanzará este año a un ritmo superior al crecimiento estimado a nivel mundial y en la zona euro, del 5,5 % y 4,2 %, respectivamente, según el informe de Perspectivas Económicas Globales, presentado este martes de manera virtual por la economista jefa del organismo, Gita Gopinath.
El Consejo de Ministros ha aprobado también prorrogar este año la cláusula de salvaguarda de la reforma de las pensiones de 2011, que garantizaba las condiciones de jubilación previas para las personas despedidas antes de su entrada en vigor el 1 de abril de 2013 y que no trabajaron más. José Luis Escrivá, ha afirmado que se trata de una "medida de justicia" para trasmitir certidumbre a aquellos trabajadores que salieron del mercado laboral durante la crisis financiera y no se han podido recuperar.
La extensión de la vigencia de la cláusula con efecto desde el 1 de enero, anunciada por el ministerio el pasado 29 de diciembre, está condicionada a que ninguna de las personas afectadas haya sido incluida en algún régimen de la Seguridad Social después del 1 de abril de 2013. Gobierno y agentes sociales pactaron esta garantía en la reforma de 2011 para que quienes no volviesen a encontrar trabajo llegasen a la jubilación sin ver disminuida su expectativa de pensión, dado que ya no tenían posibilidad alguna de reacción. El Gobierno del PP limitó la vigencia de esa cláusula a 2018 y el posterior Ejecutivo del PSOE la prorrogó para 2019 y 2020.
También pueden acogerse a la cláusula las personas con relación laboral suspendida o extinguida como consecuencia de expedientes de regulación de empleo, convenios colectivos de cualquier ámbito, acuerdos colectivos de empresa o decisiones adoptadas en procedimientos concursales aprobados, suscritos o declarados antes del 1 de abril de 2013. Además, se mantiene el derecho de opción, es decir, estas personas pueden optar por la legislación ahora vigente si les resulta más conveniente.
Tras la reforma de las pensiones de 2011 se hizo necesario tener más edad y más años cotizados para acceder a la jubilación anticipada forzosa a la que se ven abocadas las personas que no han podido volver a encontrar un empleo. La edad legal de jubilación se va retrasando cada año en virtud del régimen transitorio establecido en la reforma de 2011, hasta llegar a los 67 años en 2027, mientras que la edad para la jubilación anticipada forzosa en caso de despido será siempre cuatro años inferior (dos años si la jubilación anticipada es voluntaria).
En 2021 la edad legal ordinaria es de 66 años y la de la jubilación anticipada forzosa de 62 años, si bien la cláusula de salvaguarda permitirá al colectivo protegido por ella hacerlo a los 61 con 30 años cotizados, frente a los 33 años establecidos con la reforma de 2011.
El Consejo de Ministros ha prorrogado también hasta el final del estado de alarma, el próximo 9 mayo, las prórrogas obligatorias o tácitas de los contratos de alquiler, así como la moratoria de las rentas de alquiler de vivienda. Lo ha anunciado la portavoz del Ejecutivo y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, quien ha avanzado además que las prórrogas en las moratorias para los préstamos al consumo se abordarán más adelante.
De esta forma, con la aprobación de este Real Decreto-ley, se amplía hasta el fin del estado de alarma la posibilidad de solicitar la moratoria o condonación parcial de la renta cuando el arrendador sea un gran tenedor o entidad pública con objeto de atender determinadas situaciones de vulnerabilidad que puedan producirse más allá del 31 de enero, que era cuando acababa inicialmente esta medida. Esta medida, según señala el Ejecutivo, no afectará a los pequeños propietarios de vivienda.
Además, se amplían hasta el 9 de mayo de 2021 los contratos de arrendamiento de vivienda que pueden acogerse a la prórroga extraordinaria de seis meses, en los mismos términos y condiciones del contrato en vigor. Todo ello, siempre que las partes no hubiesen llegado previamente a un acuerdo distinto y que el propietario, persona física, no hubiese comunicado la necesidad de la vivienda para sí.
El Ejecutivo cree que con esta medida se concede un margen "justo y razonable" para el arrendatario que ve finalizado su contrato en un contexto en el que la movilidad está condicionada o reducida por la pandemia de covid-19, la actividad y las rentas afectadas por la crisis y debe buscar activamente otra vivienda para alquilar. Estas medidas, agrega el Gobierno, van encaminadas a reforzar el ejercicio del derecho a una vivienda digna y adecuada y se complementan con el desarrollo de una legislación estatal en materia de vivienda, las medidas para incrementar el parque social, así como las actuaciones encaminadas a la rehabilitación y mejora del parque de vivienda.
El Consejo de Ministros ha aprobado a su vez la prórroga hasta el 31 de mayo de las ayudas vigentes para trabajadores autónomos acordada con sus asociaciones (ATA, UPTA y Uatae), aunque con algunas modificaciones. La protección a este colectivo se seguirá articulando en torno a cuatro ayudas: la prestación por suspensión de actividad; la prestación compatible con la actividad cuando haya caída de ingresos; prestación extraordinaria para quienes no puedan acceder a las dos ayudas anteriores, y prestación para autónomos de temporada.
La prestación por suspensión de actividad está dirigida a aquellos trabajadores autónomos con una suspensión temporal de toda su actividad por decisión administrativa. La cuantía de la prestación es del 50% de la base mínima de cotización, cantidad que se incrementa un 20% si el trabajador autónomo es miembro de una familia numerosa. Así, el beneficio mínimo asciende a 760 euros.
El autónomo quedará exonerado de pagar las cuotas a la Seguridad Social, aunque ese periodo le contará como cotizado y, en su caso, será compatible con ingresos del trabajo por cuenta ajena hasta 1,25 veces el SMI.
Por su parte, la prestación compatible con la actividad flexibiliza en esta nueva prórroga el requisito de ingresos. Así, la podrán solicitar aquellos trabajadores cuya facturación en el primer semestre de 2021 caiga el 50% (antes era el 75%) frente al segundo semestre de 2019. El importe de esta prestación es el que corresponda por su base de cotización.
Quienes no cumplan los requisitos para acceder a esta prestación ni al cese ordinario podrán solicitar una ayuda extraordinaria, cuya cuantía es del 50% de la base mínima de cotización, estando igualmente exonerado de abonar las cuotas. El límite de ingresos en el primer semestre, para este caso, es 1,2 veces el SMI.
Por último, también se mantiene, adaptando el periodo de referencia, la prestación para autónomos de temporada, que es del 70% de la base mínima y requiere no tener ingresos superiores a 6.650 euros en el primer semestre de 2021. En este caso, el beneficio mínimo será de 660 euros. Como novedad se recoge también la suspensión hasta el 31 de mayo la subida progresiva de los tipos de contingencias profesionales y de cese (del 0,3%), previsto en el Real Decreto-ley 28/2018.