El Gobierno prorroga hasta el 30 de junio las restricciones para la llegada de viajeros procedentes de la UE
Los nacionales de terceros países que podrán venir serán los que vayan a su lugar de residencia, tengan un visado de larga duración o sea trabajador transfronterizo
Se prorrogan los controles fronterizos con Portugal hasta el 1 de julio
Los únicos nacionales de terceros países de la Unión Europa que podrán viajar a España son los residentes que se dirijan a su lugar de residencia, los titulares de un visado de larga duración expedido por un país miembro al que se dirijan y los trabajadores transfronterizos. Llega la nueva normalidad a España marcada por el miedo a los rebrotes.
El Gobierno ha prorrogado hasta el 30 de junio los criterios para la aplicación de la restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen, por razones de orden público y salud pública, a pesar de la finalización del estado de alarma. El miedo al rebrote se extiende en España. Sanidad teme los rebrotes en Zaidín, en Zaragoza, que retrocederá a la fase 2.
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En línea con las recomendaciones de la Comisión Europea que establecen un proceso gradual para el levantamiento de las restricciones, que consta de un tramo inicial, hasta el 30 de junio, el Ministerio del Interior ha dictado una Orden, publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), para extender la restricción temporal de viajes no imprescindibles desde países de la UE hasta el 30 de junio.
Los únicos nacionales de terceros países de la Unión Europa que podrán viajar a España son los residentes que se dirijan a su lugar de residencia, los titulares de un visado de larga duración expedido por un país miembro al que se dirijan y los trabajadores transfronterizos.
Además, están autorizados a desplazarse los profesionales sanitarios o del cuidado de mayores que regresen de realizar su labor, el personal dedicado al transporte de mercancías, el personal militar, diplomático o consular, miembros de organizaciones humanitarias, y aquellas personas que acrediten causas de fuerza mayor o situación de necesidad o cuya entrada se permita por motivos humanitarios, y personas que viajen por motivos familiares imperativos debidamente acreditados.
Así, se permitirá entrar en España, entre otras, a las personas registradas como residentes que se dirijan directamente a su lugar de residencia en otro estado miembro, Schengen o Andorra, o al cónyuge de ciudadano español o pareja con la que mantenga una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público, y aquellos ascendientes y descendientes que vivan a su cargo, siempre que viajen con o para reunirse con éste.
Todo lo anterior no será de aplicación en la frontera terrestre con Andorra ni en el puesto de control de personas con el territorio de Gibraltar.
Por otro lado, la Orden publicada este lunes en el BOE también establece que se mantiene el cierre, con carácter temporal, de los puestos terrestres habilitados para la entrada y la salida de España a través de las ciudades de Ceuta y Melilla.
Se mantienen las restricciones con Portugal
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica además este lunes las órdenes por la que se prorrogan los controles en la frontera con Portugal hasta el 1 de julio, así como la que permite mantener hasta esa misma fecha las restricciones de entradas en España de personas procedentes de países fuera del espacio Schengen.
Un día después del fin del estado de alarma y de la apertura de fronteras con el espacio Schengen (26 países, de los cuales 22 son estados miembros de la UE), España mantiene los controles solo en uno de ellos, Portugal, que pidió a España mantener la restricción de los viajes entre ambos países hasta el 1 de julio.
Este lunes el BOE publica la prórroga de esas restricciones hasta la medianoche del 30 de junio, cuando reabra la frontera luso-española, que limita con las comunidades autónomas de Castilla y León, Galicia, Extremadura y Andalucía, la más extensa de Europa y que permanece cerrada desde el 17 de marzo ante la expansión del coronavirus.
Hasta esa fecha solo se permitirá cruzar desde Portugal a España a ciudadanos españoles, a quienes residan habitualmente en nuestro país, a quienes vayan a transitar o permanecer en el territorio español por cualquier motivo exclusivamente laboral, por fuerza mayor o a personal extranjero diplomático o de organismos internacionales cuando el desplazamiento sea laboral
Una segunda orden publicada este lunes en el BOE mantiene prorroga las limitaciones temporales de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria.
Así, también hasta el 1 de julio, España deniega la entrada de ciudadanos, salvo algunas excepciones, de otros países a la UE y territorio Schengen, lo que incluye el cierre hasta ese día de forma temporal de los puestos terrestres habilitados para la entrada y la salida de nuestro país a través de Ceuta y Melilla.