Este verano nuestros desplazamientos serán más fáciles con el certificado verde digital. Al menos en los Veintisiete y en Islandia, Noruega y Suiza. A priori se evitarán las cuarentenas y otras restricciones pero los Estados podrán imponerlas si las consideran necesarias por motivos de salud pública.
Aclaramos algunas dudas sobre este certificado.
Cualquier ciudadano de los países adscritos, sus familiares sin importar nacionalidad y nacionales de terceros países que residan en la Unión.
Es gratuito. Por ahora tendrá una vigencia de un año y estará en la lengua oficial y en inglés.
Si el ciudadano está vacunado con pauta completa y qué tipo de vacuna. En su defecto si se ha realizado un prueba PCR o un test de antígenos y si ha pasado la enfermedad. Datos que se almacenarán en un código QR que podrá obtenerse en papel o en formato digital.
Las autoridades nacionales. En el caso de España, las Comunidades Autónomas en coordinación con el Ministerio de Sanidad. Madrid ya ha anunciado que en esta aplicación, la de la tarjeta sanitaria virtual, estará volcada toda la información necesaria para el certificado.
Todos los pasajeros que lleguen a España por vía aérea o marítima deberán cumplimentar antes de la salida un formulario de control sanitario a través de la web o la aplicación Spain Travel Health, sistema que ha sido modificado "para facilitar la localización de aquellos pasajeros sobre los que haya que aplicar medidas de trazabilidad, así como la inclusión en el procedimiento de control de la certificación de vacunación, prueba diagnóstica y recuperación que puedan presentar los viajeros".
Así, en el caso de fronteras terrestres todas las personas mayores de seis años, procedentes de países o zonas de riesgo que lleguen a España deberán disponer de alguna de las certificaciones contempladas en esta resolución.
No podrán entrar en España los viajeros procedentes de Brasil, India y Sudáfrica debido a la alta incidencia de las variantes de la covid-19.
Por otra parte, se permitirá la entrada en frontera a estudiantes que realicen sus estudios en los estados miembros o estados asociados Schengen y que dispongan del correspondiente permiso o visado para estancia de larga duración, siempre que se dirijan al país donde cursan sus estudios, y que la entrada se produzca durante el curso académico o los 15 días previos.
Si el destino es España y la duración de la estancia es de hasta 90 días, se deberá acreditar que los estudios se realizan en un centro de enseñanza autorizado en España, inscrito en el correspondiente registro administrativo, siguiendo durante esta fase un programa de tiempo completo y presencial, y que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.