Castilla y León prorroga al confinamiento perimetral hasta el día 23 de noviembre
Continuará confinada perimetralmente hasta el 23 de noviembre
Han comunicado la decisión a Madrid y Castilla La Mancha
No se podrá entrar ni salir de la comundiad
La Junta de Castilla y León, que concluía mañana a las 14.00 horas, otros 14 días, es decir, hasta las 23.59 horas del próximo 23 de noviembre, para "contener" la propagación de la covid-19.
Una decisión que el presidente del Gobierno autonómico, Alfonso Fernández Mañueco, ha remitido por carta a los ministros de Sanidad, de Interior y de Exteriores, Salvador Illa, Fernando Grande-Marlaska y Arancha González Laya respectivamente.
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En la misiva, Alfonso Fernández Mañueco explica que, conforme al Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, que declara el estado de alarma, como autoridad competente delegada dará continuidad a esta medida para "contener" la propagación de las infecciones causadas por el SARS-CoV-2, informa a través de un comunicado.
Igualmente, el líder autonómico ha comunicado la decisión a los presidentes de Madrid y Castilla La Mancha, Isabel Díaz Ayuso y Emiliano García Page, respectivamente, así como a otras comunidades limítrofes y al portavoz del Grupo Parlamentario Socialista en las Cortes de Castilla y León, Luis Tudanca.
La Junta de Castilla y León prorrogará así la medida recogida en el Acuerdo 10/2020, de 28 de octubre, que restringe la entrada y salida de personas del territorio autonómico.
Tal y como ocurre desde las 14.00 horas del pasado 30 de octubre, solo estará permitido cruzar los límites de la Comunidad en casos justificados como la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil; cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales; retorno al lugar de residencia habitual; desplazamiento a entidades financieras o de seguros; realización de actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales; renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables; exámenes o pruebas oficiales inaplazables o cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
Además, la circulación por carretera y viales que transcurran o atraviesen Castilla y León estará permitida siempre y cuando tengan origen y destino fuera de la Comunidad.