El Ministerio de Transportes cerró el espacio aéreo de Barajas por el avistamiento de drones que sobrevolaban el aeropuerto. La medida se tomó al divisar un par de pilotos un dron. AENA ha comunicado que se está restableciendo de forma gradual las operaciones en el Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid Barajas. La Guardia Civil, que ya busca a los dueños del dron divisado vigilan el aeropuerto de forma preventiva. Las multas por hacer sobrevolar drones en un aeropuerto ascienden a 90.000 euros. Los vuelos afectados han sido un total de 22.
Todo se precipitó cuando en el transcurso de esta mañana dos pilotos han notificado el avistamiento de unos drones, por lo que se ha activado un procedimiento de desvío masivo de aviones, denominado 'Rate 0', que impide el despegue y aterrizaje de aviones en el aeropuerto. En un primer momento se notificaron 17 desvíos de aviones, siete a Valencia, 3 a Barcelona, 2 a Alicante y a Valladolid y 3 a Zaragoza. Luego se elevaron a 22.
Enaire confirmaba que los aviones que se dirigían a Barajas estaban siendo redirigidos a otros aeropuertos. La alerta fue activada a las 12.40 horas y se mantuvo hasta las 14.40 horas. Esta información también fue confirmada por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Enaire ha recordado que los drones "no son juguetes". Para volar un dron en espacio aéreo controlado se requiere previamente un estudio aeronáutico de seguridad que analice y mitigue los posibles riesgos y una vez obtenida la autorización de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), contactar con el Departamento de Coordinación Operativa de Espacio Aéreo de Enaire para coordinar su operación (cop@enaire.es).
Existe a disposición de pilotos y operadores de drones una web específica y la aplicación drones.enaire.es, con datos de información aeronáutica para la identificación de posibles restricciones para volar drones en un determinado espacio aéreo de acuerdo con la legislación vigente.
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (Aesa), ha puesto un tuit en el que recuerda que volar drones en las proximidades de un aeropuerto es una infracción "grave" y que las sanciones pueden alcanzar los 90.000 euros.
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) recuerda que "los drones no son juguetes, son aeronaves" y aunque el uso de éstos sea de forma recreativa es necesario conocer la norma ya que hay que utilizarlos en los espacios adecuados y respetando las medidas de seguridad.
Desde AESA se apela a la responsabilidad de los propietarios de drones para que conozcan el uso correcto del mismo. La Agencia cuenta con un vídeo sobre cómo usar un dron de forma lúdica, enfocado especialmente hacia los más jóvenes, que tiene como objetivo prevenir posibles incidentes causados por una mala utilización de estas aeronaves. La protagonista del vídeo es una adolescente a la que regalan un dron y que invita al usuario a conocer lo que se puede y no se puede hacer con la aeronave.
El objetivo del mismo es educar en materia de seguridad aérea y prevenir posibles incidentes con el uso de drones, que por primera vez están regulados de forma específica en la disposición adicional segunda del RD 1036/2017, por el que se regula la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto.
El vídeo tiene una versión en castellano y otra en inglés, ambas con subtítulos, y explica como volar el dron de forma lúdica y segura. Además del vídeo, AESA cuenta con un folleto informativo en el que también se incluyen los requisitos básicos para poder habilitarse como operador profesional.
La norma indica que, para volar el dron, siempre hay que tenerlo a la vista, y no volar a más de 120 metros del suelo. Solo volar de día, en condiciones meteorológicas adecuadas (sin niebla, sin lluvia y sin viento) y en zonas adecuadas para ello, y siempre a 8 kilómetros de los aeropuertos o aeródromos.
En todos los casos hay que volar con seguridad y bajo supervisión de un adulto. No se puede olvidar, que cada piloto es responsable de los daños que pueda causar su dron. No es obligatorio, pero sí es recomendable un seguro a terceros.
Sólo se puede volar el dron sobre edificios, o reuniones de personas al aire libre si éste pesa menos de 250 gramos y no se vuela a más de 20 metros de altura. Si pesa más de 250 gramos no se puede volar ni sobre edificios ni personas y tiene que volar en zonas adecuadas para ello, sin poner en peligro a otras personas ni a otras aeronaves en espacio aéreo no controlado.
Se puede volar de noche el dron, siempre que no pese más de 2 kilos y no se superen los 50 metros de altura. Aunque, si pesa menos de 250 gramos, la altura no puede superar los 20 metros.