40 años de la ley del divorcio: "Se llegó a decir que era un tiro en la nuca para la familia"
Este martes, 22 de junio, se cumplen cuatro décadas de la aprobación de la ley del divorcio en España
NIUS ha hablado con Antonio Sarabia, el abogado del primer divorcio que se formalizó en España, el de Julia Ibars y Vidal Gutiérrez
En la tarde del 22 de junio de 1981 el pleno del Congreso de los Diputados aprobaba la ley del divorcio. Con 162 votos a favor, 128 en contra y 7 en blanco el divorcio irrumpía en nuestro país acabando con las uniones para toda la vida.
No fue precisamente una ley exenta de polémica. Francisco Fernández Ordóñez, ministro de UCD y padre del proyecto y al sector demócrata-cristiano de su partido para lograr que saliera adelante. Ordoñez dijo en el Congreso: "No podemos impedir que los matrimonios se rompan, pero sí podemos disminuir el sufrimiento de los matrimonios rotos".
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Desde entonces han pasado 40 años y la sociedad lo ha interiorizado como una conquista irrenunciable, pero en la España de los 80 las cosas eran bien distintas. Romper el vínculo matrimonial era impensable para según que familias. Si a eso le sumamos las convicciones religiosas, el escándalo estaba servido.
Las portadas, los editoriales de los periódicos ardían con este asunto. "La ley del divorcio atenta contra la libertad, prohíbe el matrimonio de por vida, hiere los sentimientos religiosos de la gran mayoría del pueblo español", denunciaba en ABC entonces Laureano López Rodó, reputado jurista que había sido ministro de Exteriores de Franco. "El divorcio traerá graves e irreparables consecuencias en la estabilidad de la familia, la educación de los hijos y la salud moral de la sociedad", se pronosticaba desde los círculos más conservadores.
La Conferencia Episcopal también se pronunciaba. En un documento elaborado antes de la aprobación de la ley insistían en el carácter indisoluble del matrimonio. "Socaba las bases más firmes de la sociedad y de la familia", "el divorcio más que un remedio al mal que se intenta atajar se transforma en una puerta abierta a la generación del mal", explicaba la Iglesia en aquel texto, argumentando que al conceder la posibilidad legal de contraer nuevo matrimonio civil, podía "incitar a matrimonios sin problemas insolubles, pero en crisis transitoria, a acudir a este recurso legal".
El primer divorcio, el de Julia Ibars y Vidal Gutiérrez
Los agoreros predecían una avalancha de divorcios, "500.000 en cuanto se aprobara", pero la realidad no fue esa. "No llegaron a 10.000 en los primeros seis meses", explica a NIUS Antonio Sarabia, el abogado del primer divorcio que se formalizó en España, el 7 de septiembre de 1981, protagonizado por Julia Ibars y Vidal Gutiérrez.
"Era una pareja que ya estaba separada de hecho hacía tiempo, así que se trataba de regularizar esa situación. No había ningún conflicto, ningún problema, solo querían normalizar sus vidas, disolver su sociedad de gananciales, recuperar su libertad jurídica para poder contraer matrimonio algún día si les venía en gana", relata Sarabia.
Julia y Vidal acudieron a Sarabia -un jovencísimo abogado de 27 años- porque se conocían del bachillerato y todo fue más fácil de lo esperado. "Al ser un divorcio de mutuo acuerdo y no tener hijos, los trámites fueron sencillos y la decisión del tribunal rápida". "Hubo que ir con cierta cautela porque aquello era algo nuevo, no había ningún precedente, no había jurisprudencia, no había nada. Y había que interpretar la ley lo más ajustadamente posible. Tuve la suerte de que el día 1 de septiembre presenté la demanda, porque en agosto era mes inhábil judicialmente, y el día 7 se dictó la sentencia".
Así fue cómo él y los protagonistas de aquel primer divorcio hicieron historia. "La sociedad civil de entonces, en el 81, íbamos extraordinariamente por delante de lo que eran las instituciones", recuerda Sarabia hoy, a sus 67 años. "La transición fue dura. Aunque la Constitución se aprobó en el 78 tardó en entrar en determinados cuerpos, instituciones, entidades, etc. Pero la gente, el pueblo llano, los de derechas y los de izquierdas, los ricos y los pobres, estábamos ya dos pasos por delante de lo que la Iglesia Católica, de lo que algún juez o algún político o alguna entidad podían plantear en contra de una ley como la del divorcio, que demandaba a gritos la sociedad".
El miedo de muchas personas, remarca, era que el divorcio pudiera facilitar la ruptura de muchos matrimonios y familias, pero no era otra cosa que "la legalización de una ruptura ya realizada. Quienes se oponían eran los que vivían de espaldas a la realidad social", asegura. "Yo recuerdo haber oído decir a la Iglesia, a las fuerzas reaccionarias, que el divorcio era un tiro en la nuca para las familias", "un mazazo definitivo, su muerte, pero el tiempo ha demostrado que se equivocaban", cuenta Sarabia.
"Lo que pasaba, apunta el letrado, es que la Iglesia tenía el control de la situación a través del procedimiento de nulidad matrimonial, que se tramitaba ante los tribunales eclesiásticos diocesanos, y no quería perderlo", argumenta. "Tú no podías divorciarte por las buenas, porque no existía divorcio, pero sí podías anular el matrimonio alegando todo tipo de razones esperpénticas, y la Iglesia te lo concedía en un procedimiento larguísimo y caro que no todo el mundo se podía permitir. Eso sí, si tenías dinero los tiempos se acortaban mucho", "querían seguir controlando esa situación", recalca.
"Al final la ley llegó", concluye Sarabia, "la Iglesia tuvo que aceptarlo, los jueces la aplicaron y ya está. Sí que es cierto que hubo algún juez, algún abogado, algún procurador que se rasgaba las vestiduras, pero no pasó nada", insiste Sarabia, y "el divorcio contribuyó a la normalización de muchísimas parejas y familias, que pudieron dejar de soportar por ejemplo situaciones de violencia terribles, que hoy nos harían echarnos las manos a la cabeza", apostilla.
La ley del divorcio de 1981 versus actual ley de divorcio
La Ley 30/1981, de 7 de julio, denominada así porque esa fue la fecha en la que se publicó en el BOE, no ponía tan fácil acceder al divorcio como lo es ahora. Para poder conseguirlo, los cónyuges debían pasar previamente por la separación judicial. "Tenías que primero separarte y luego divorciarte", explica Sarabia. "Había poca confianza todavía en la madurez y en la experiencia de los ciudadanos y se nos obligaba a pasar por varias fases hasta que se concedía el divorcio". La ley preveía que si un matrimonio quería divorciarse tenía que seguir los siguientes pasos:
- Estar un año mínimo sin convivir juntos de forma ininterrumpida. Se trataba de acreditar que no había habido convivencia marital durante al menos un año seguido.
- Pedir la separación judicial. Una vez el matrimonio llevaba un año de cese efectivo de la convivencia, podía pedir la separación judicial. Estar mínimo un año separados judicialmente (un año a contar desde la fecha de la sentencia de separación).
- Una vez separados judicialmente, para poder recurrir al divorcio debían estar otro año más sin convivir. Finalmente, si se cumplían los anteriores pasos el matrimonio podía pedir el divorcio.
Ahora no es necesario separarse judicialmente primero para poder recurrir al divorcio, sino que cualquier matrimonio que deseé poner fin al mismo, puede hacerlo directamente acudiendo al divorcio.
Tampoco es necesario esperar un año desde que se acabó la convivencia para solicitar el divorcio. Es suficiente con que hayan transcurrido tres meses desde que se celebrase la boda para solicitarlo, y no hace falta justificar la causa ni que ambos cónyuges estén de acuerdo en divorciarse.
La Iglesia firme en su postura, 40 años después
Los miles de católicos que se habían casado por la Iglesia y se divorciaron por la ley de 1981 quedaron en una situación "irregular". La Iglesia, fiel a su idea del matrimonio indisoluble -salvo por su institución- estableció que se les vedaran los sacramentos de la comunión y de la confesión. Se les prohibió comulgar y confesarse. Y hoy día las cosas no han cambiado.
Las personas divorciadas y que se han vuelto a casar no pueden participar del sacramento de la Eucaristía por hallarse en una situación irregular y, por tanto, no están en las condiciones que se requieren para acceder a la sagrada Comunión. Si no ha habido decreto de nulidad de por medio, la Iglesia no puede reconocer como válida esa segunda unión. Se encontrarían, por tanto, en una situación de pecado.