La asociación Iustitia Europea, una de las acusaciones en el caso Koldo, ha recurrido la prohibición de presenciar los interrogatorios en el Tribunal Supremo, que decidió permitir solo la asistencia del PP tras unificar a las siete acusaciones populares personadas en esta causa bajo su representación.
Iustitia Europea considera que la decisión del Supremo que vulnera los derechos a la tutela judicial efectiva y a la acción Popular. El instructor del caso Koldo en el Supremo, Leopoldo Puente, adoptó esta decisión poco antes de la comparecencia del exministro de Transportes José Luis Ábalos la semana pasada.
En su recurso de reforma y subsidiario de apelación, al que ha tenido acceso EFE, Iustitia Europea recuerda que cuando declaró Víctor de Aldama en la Audiencia Nacional se permitió a todas las acusaciones presenciar el interrogatorio desde una sala anexa, acompañados incluso de hasta dos asistentes, fórmula que considera podría también haberse aplicado en el Supremo.
Para esta asociación, la decisión del juez instructor en el Tribunal Supremo de unificar las acusaciones en la dirección letrada de la del PP, al ser la primera en estar personada, otorga "el más absoluto protagonismo a los partidos políticos, algo que, sin duda, no ayudará a combatir las excusas de politización de la justicia emitidas por altos cargos del PSOE para tratar de justificar sus conductasy eludir sus posibles responsabilidades penales".
Destaca en este sentido que las acusaciones personadas en esta causa, como Vox o HazteOír, entre otras, "representan enfoques diferentes, intereses y finalidades que no pueden ser tratados como homogéneos", circunstancia que "omite valorar" el auto recurrido.
"Asignar la dirección de la acusación popular al Partido Popular introduce una dimensión política que puede distorsionar la percepción pública del caso, reduciéndolo a un conflicto entre partidos y afectando gravemente la legitimidad del proceso", denuncia esta asociación.
A su entender, el ejercicio de la acusación popular "debe permitir a cada parte aplicar su propio criterio", lo que se ve comprometido por la unificación, "medida que ignora que las decisiones estratégicas que pueden ser válidas para una acusación no necesariamente lo son para otra, especialmente cuando los intereses en juego son divergentes"
"Mientras las defensas pueden complementarse entre sí - añade el recurso, aludiendo a la posibilidad de pactos entre los imputados-, las acusaciones quedan restringidas a una única voz, limitando la pluralidad necesaria para garantizar una investigación completa y exhaustiva".
Por ello considera que antes de decantarse por una medida "tan restrictiva", el juez del Tribunal Supremo debería haber" explorado medidas menos graves" como permitir la asistencia de todos los letrados en las diligencias, mantener las notificaciones a todas las partes personadas y establecer mecanismos de coordinación para evitar duplicidades en las intervenciones.
Y es que, a su juicio, se ha otorgado al PP "un control indebido sobre la información procesal, generando una posición de ventaja frente a las demás acusaciones populares", lo que produce un "desequilibrio" que va en contra del principio de igualdad de armas, "uno de los pilares del derecho a la tutela judicial efectiva".
Alega además falta de proporcionalidad en esta medida, al entender que el juez instructor "podría haber adoptado medidas menos restrictivas, como establecer mecanismos de coordinación entre las acusaciones".
Por orden de fecha de personación, las acusaciones populares personadas son el Partido Popular, Vox, el autodenominado sindicato Manos Limpias, Asociación Liberum, Asociación Hazteoir.org, Asociación de Abogados Demócratas por Europa y el partido político Iustitia Europa.
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