El Tribunal Supremo anula parte del real decreto del Gobierno para limitar la publicidad en el juego y las apuestas 'online'
El alto tribunal considera que determinadas limitaciones o prohibiciones establecidas en la norma "carecen de la necesaria cobertura legal"
Anula varios artículos del real decreto 958/2020 de comunicaciones comerciales de las actividades del juego
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El Tribunal Supremo (TS) ha anulado varios artículos del real decreto 958/2020 de comunicaciones comerciales de las actividades del juego que limita la publicidad del juego y las apuestas 'online' al entender que "determinadas limitaciones o prohibiciones establecidas en la norma reglamentaria carecen de la necesaria cobertura legal".
En concreto, el alto tribunal ha anulado los artículos 13, en sus apartados 1 y 3, relativos a las actividades de promoción dirigidas a nuevos clientes; el artículo 15, sobre la aparición en la publicidad de personajes famosos; y el artículo 23, apartado 1, que establece una prohibición generalizada para la difusión de comunicaciones comerciales a través de servicios de la sociedad de la información.
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De igual modo, también ha anulado el artículo 25.3, sobre la publicidad del juego en plataformas de intercambio de vídeos; y el artículo 26, en sus apartados 2 y 3, por los que se limita la posibilidad de llevar a cabo la publicidad a través de redes sociales.
El TS estima parcialmente el recurso de la Asociación Española de Juego Digital
Los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo han adoptado esta decisión al estimar de forma parcial el recurso que presentó la Asociación Española de Juego Digital contra el texto aprobado en noviembre de 2020, cuando Alberto Garzón estaba al frente del Ministerio de Consumo.
Por otro lado, han desestimado el recurso respecto de otros preceptos reglamentarios por entender que tienen suficiente cobertura legal y las limitaciones establecidas son proporcionales.
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