La ministra Portavoz, Isabel Rodríguez, sancionada con 4.700 euros por hacer campaña desde Moncloa

Isabel Rodríguez, ministra Portavoz y de Política Territorial del Gobierno en funciones, ha sido sancionada con dos multas que suman 4.700 euros por la Junta Electoral Central (JEC) por utilizar el Palacio de La Moncloa para hacer campaña electoral durante dos ruedas de prensa posteriores al Consejo de Ministros en la precampaña de las elecciones locales y autonómicas del 28 de mayo pasado.

La JEC ha resuelto de esta forma los dos expedientes informativos que inició contra la ministra a raíz de dos denuncias presentadas por el Partido Popular. Según las resoluciones de la JEC, a las que ha tenido acceso Europa Press, Rodríguez incumplió el artículo 153.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, al hacer “declaraciones con contenido valorativo y electoralista”, aprovechándose de “los medios públicos de los que disponía” durante la rueda de prensa que ofreció tras las reuniones del Gobierno los días 4 de abril y 3 de mayo.

Vulneró los principios de "neutralidad" e "igualdad", según la JEC

La JEC considera que, con su actuación, la ministra también vulneró los principios de “neutralidad” e “igualdad” que “todo poder público debe de respetar durante el proceso electoral”. La infracción puede ser sancionada con una multa de entre 300 y 3.000 euros y, tras analizar cada caso, la JEC ha impuesto una multa de 2.500 euros por la rueda de prensa del 3 de mayo y de 2.200 por la del 4 de abril.

La JEC detalla que, en la rueda de prensa del 3 de mayo, Rodríguez acusó al PP de instrumentalizar la Justicia, le calificó de partido “antisistema” y “extremista” y alabó los “logros” en materia educativa, de vivienda y formación profesional, mientras que la del 4 de abril le dedicó claras críticas, al afirmar que “lo único que puede aportar son críticas al Gobierno”, y también elogió la gestión gubernamental al hablar de la reforma laboral, el aumento del salario mínimo y la subida de las pensiones.

"Dichas manifestaciones constituyen valoraciones y apreciaciones críticas con la posición y las decisiones de uno de los partidos de la oposición, así como reivindicación de la gestión del Gobierno de la Nación en las materias referidas, lo cual supone un quebrantamiento del principio de neutralidad institucional que dimana del artículo. 50.2 de la LOREG", enfatiza el organismo.

Desestima las alegaciones de Moncloa

Además, ha desestimado las alegaciones formuladas por la Moncloa, negando que se esté haciendo una interpretación “extensiva” o “ambigua” del citado artículo, que haya falta de proporcionalidad entre la conducta infractora y la sanción que se contempla, y destacando que no cabe duda alguna de que pronunció esas palabras en el curso de una rueda de prensa cuya organización y financiación se hace con medios públicos.

No obstante, en la resolución relativa a la rueda de prensa del 3 de mayo, la JEC admite que no se aprecia una infracción continuada, sino que la ministra “ha faltado ocasionalmente, sin más, a la diligencia con que toda autoridad pública debe desenvolverse en los actos institucionales para evitar vulnerar el deber de neutralidad”.