Elecciones generales 23J: ¿Puedo votar en la mesa electoral si solicité el voto por correo pero no lo envié?
En el momento en el que la JEC aprueba la solicitud de voto por correo no se puede votar en mesa el 23J
Si has solicitado tu voto por correo y finalmente no has votado, no podrás votar presencialmente
¿Puede cambiar el horario de los colegios electorales por las altas temperaturas?
La convocatoria de elecciones generales para este 23 de julio ha disparado el voto por correo. Muchos ciudadanos que se encuentran de vacaciones han preferido votar por correo y así no perder su derecho pese a no estar en su localidad. El voto por correo suele generar algunas dudas a los ciudadanos, como si se puede votar en la mesa electoral a pesar de haber solicitado el voto por correo.
¿Si solicito el voto por correo puedo votar en mesa?
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La respuesta es clara: no. En el momento en el que la JEC aprueba la solicitud de voto por correo, el elector pierde la posibilidad de votar en mesa el 23 de julio. Da igual que finalmente no hayamos emitido nuestro voto, si se ha aprobado nuestra solicitud de voto por correo y no lo hemos enviado no podremos votar presencialmente.
Solo existe una excepción para estos casos: cuando los trámites para el voto por correo no sean aceptados, y por lo tanto la solicitud de voto por correo no salga adelante. En este caso sí que se puede votar de manera presencial en los colegios electorales.
Puedes consultar el estado de tu voto por correo a través de esta plataforma que ha puesto en marcha el Instituto Nacional de Estadística (INE) y sólo necesita su DNI para llevarlo a cabo.
¿Qué recorrido realiza el voto por correo?
El servicio de Correos conserva hasta este domingo, día de la votación, toda la correspondencia dirigida a mesas electorales. En esta jornada, traslada la documentación a las mesas a las 09:00. Correos sigue tramitando toda la documentación electoral que pueda llegar antes de las 20:00 del día de la votación. El servicio lleva un registro de toda la correspondencia recibida, que ponen a disposición de las Juntas Electorales. La correspondencia que llegue después de las 20:00 del 23 de julio se remitirá a la Junta Electoral Central y se destruirá.
Una vez finaliza la votación en las mesas electorales, cada mesa introduce en la urna los votos por correo que hayan llegado. A la hora del escrutinio, el presidente de la mesa abre los sobres de uno en uno y comprueba que el elector ha incluido en su envío el Certificado de Inscripción en el censo y el sobre o los sobres de voto. Tras eso, se comprueba que el elector está inscrito en el censo de la mesa y se introducen el sobre o los sobres en las urnas correspondientes. Por último, se anota al elector en la Lista Numerada de Votantes.