Elecciones generales 23J: ¿Cómo se contabilizan los votos por correo?
Una vez finaliza la votación presencial el 23J, cada mesa introduce en la urna los votos por correo
En los votos por correo se comprueba que el elector está inscrito en el censo de la mesa
¿Puedo votar en la mesa si solicité el voto por correo pero no lo envié?
El adelanto electoral para este domingo 23 de julio ha disparado el voto por correo. Miles de ciudadanos han elegido esta opción para poder continuar con sus planes vacacionales y no tener que acudir a los colegios electorales. ¿Cómo funciona el voto por correo?
Así funciona el voto por correo
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El servicio de Correos conserva hasta el día de la votación toda la correspondencia dirigida a mesas electorales. En esa jornada, traslada la documentación a las mesas a las 09:00. Correos sigue tramitando toda la documentación electoral que pueda llegar antes de las 20:00 del día de la votación. El servicio lleva un registro de toda la correspondencia recibida, que ponen a disposición de las Juntas Electorales. La correspondencia que llegue después de las 20:00 del 23 de julio se remitirá a la Junta Electoral Central y se destruirá.
Una vez finaliza la votación en las mesas electorales, cada mesa introduce en la urna los votos por correo que hayan llegado. A la hora del escrutinio, el presidente de la mesa abre los sobres de uno en uno y comprueba que el elector ha incluido en su envío el Certificado de Inscripción en el censo y el sobre o los sobres de voto. Tras eso, se comprueba que el elector está inscrito en el censo de la mesa y se introducen el sobre o los sobres en las urnas correspondientes. Por último, se anota al elector en la Lista Numerada de Votantes.
¿Quién se hace cargo de los gastos?
Los intervinientes en el proceso electoral --partidos, miembros de una mesa electoral-- no se hacen cargo directamente de ningún coste de los envíos: el coste lo asume el presupuesto electoral.
Este presupuesto electoral forma parte de los Presupuestos Generales del Estado. Para 2023 y el Gobierno ha destinado 403 millones de euros para sufragar los gastos electorales (divididos en 347,04 millones para gastos administrativos --por ejemplo, la dieta de 70 euros de cada miembro de mesa electoral-- y 56,06 para subvencionar a los partidos los gastos electorales).