Elecciones autonómicas 2023: ¿Cuál es el horario de los colegios electorales?
La población española afrontará el 28 de mayo las elecciones municipales en todo el país, así como las autonómica en la mayoría de CCAA
Los ciudadanos deberán votar en el colegio electoral que les corresponda y siempre dentro de un horario establecido
¿Por qué los extranjeros residentes solo pueden votar en los comicios municipales?
La población española afrontará el 28 de mayo las elecciones municipales en todo el país, así como las autonómicas en la mayoría de comunidades autónomas -con excepción de Andalucía, Cataluña, Galicia, País Vasco y Castilla y León-. Los ciudadanos mayores de 18 años que estén inscritos en el censo electoral, en caso de no haber solicitado el voto por correo, deberán acudir a las urnas para determinar el devenir de la política durante los próximos cuatro años.
Eso sí, los ciudadanos llamados a votar deberán hacerlo en el colegio electoral que les corresponda y siempre dentro de un horario establecido. A pocos días de la cita electoral, son muchos los que se preguntan a qué hora podrán ir a las urnas.
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El horario de los colegios electorales el 28M
Este es el horario de los colegios electorales para el 28M:
- Los colegios electorales, como es habitual, abrirán a las 09:00 horas.
- Los ciudadanos que tengan que ejercer de presidente o vocal -que cobrarán más dinero este año que en los anteriores-, así como los suplentes, tendrán que acudir al colegio electoral a las 08:00 horas.
- Todas las personas con derecho a voto van a poder presentarlo hasta 20:00 horas, cuando se cerrarán las puertas de los colegios electorales para realizar el recuento.
Para votar, los ciudadanos deben tener a mano su papeleta e identificarse con el Documento Nacional de Identidad (DNI), pasaporte o incluso con el carnet de conducir. Estos documentos son válidos aunque estén caducados, aunque siempre debe presentarse el original y no una fotocopia.
¿Dónde tengo que ir a votar el 28M?
La Oficina del Censo Electoral ha remitido por correo una tarjeta censal a los ciudadanos con derecho a voto residentes en España con sus datos de inscripción en el censo, en la que además se les informa de la mesa y el colegio electoral donde les corresponde votar. Los electores, eso sí, también lo pueden consultar vía online: hay que acceder a la web del Instituto Nacional de Estadística (INE), insertar los diferentes criterios de búsqueda requeridos, como provincia y municipio, y la inicial del primer apellido. Son datos obligatorios para consultar. Los votantes que se hayan cambiado de domicilio y aún no se hayan empadronado en el nuevo o lo hayan hecho después del 30 de enero de 2023, van a tener que ir a votar a la mesa electoral donde estuvieran empadronados antes.