Desde este 4 de abril ya se puede solicitar el voto por correo para las elecciones autonómicas y municipales
A partir de este 4 de abril se puede solicitar el voto por correo para las elecciones autonómicas y municipales
El plazo para esta solicitud acaba el próximo 18 de mayo
2023, año electoral en España: las provincias y comunidades que acudirán a las urnas
A partir de este martes 4 de abril se puede solicitar el voto por correo para las próximas elecciones autonómicas y municipales. Este voto lo podrán pedir quienes no puedan o quieran trasladarse a su centro electoral.
El plazo para esta solicitud acaba el próximo 18 de mayo. Para ello hay que rellenar un impreso que se deberá enviar por correo certificado, y que tendrá que llegar a su destino antes del 25 de mayo, tres días antes de que se celebren las elecciones.
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Cuenta atrás para el 28 de mayo: el calendario hasta las elecciones municipales
La publicación este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del decreto de convocatoria de las elecciones municipales del 28 de mayo, que coinciden con autonómicas en doce comunidades, pone en marcha un calendario legal que culminará a mediados de junio con la constitución de las nuevas corporaciones locales que salgan de las urnas.
La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) es muy minuciosa con respecto a los plazos y procedimientos que deben cumplir tanto los partidos y coaliciones que quieren concurrir a las urnas como con las administraciones públicas que deben garantizar el buen desarrollo y limpieza del proceso.
Estos son algunos de los principales hitos del calendario electoral para el 28M:
Abril
- 5 de abril, se abre el plazo para que los partidos designen representantes ante las Juntas Electorales Provinciales. El plazo expira el 14 de abril.
- Del 5 al 19 de abril, publicación en los boletines oficiales de los locales y lugares públicos reservados para la realización gratuita de los actos de campaña electoral
- 7 de abril. Se constituyen la Juntas Electorales provinciales y de zona con vocales judiciales
- 14 de abril. Expira el plazo para la comunicación a la Junta Electoral de Zona (JEZ) de la creación de una coalición electoral
- 25 de abril. Los partidos pueden comenzar a solicitar un adelanto del 30 por ciento de los subvenciones para gastos electorales
- 26 abril. Los diferentes boletines provinciales publican las candidaturas electorales presentadas.
Mayo
- 1 de mayo. Proclamación de las candidaturas legalmente presentadas
- 2 de mayo. Publicación en los diferentes boletines provinciales de las candidaturas proclamadas
- 3 de mayo. Comienza el abono del adelanto del 30 por ciento de las subvenciones electorales a los administradores de las candidaturas que lo han solicitado
- 8 al 24 de mayo. Periodo para que los electores remitan sus votos por correo en España
- 12 de mayo. A las cero horas del viernes 12 de mayo comienza la campaña electoral.
- 18 de mayo. Último día para solicitar el voto por correo en España.
- 23 de mayo. Comienza la prohibición para publicar sondeos electorales
- 26 de mayo. A las doce de la noche concluye la campaña electoral
- 27 de mayo. Jornada de reflexión
- 28 de mayo. Jornada de votación. Los colegios electorales abren a las 9 horas y se cierran a las 20 horas
Junio
- 3 de junio. Concluye el plazo para el escrutinio oficial por parte de las Juntas Electorales de Zona
- 4 de junio. Comienza el plazo para la proclamación de electos por parte de las juntas electorales
- 17 de junio. Constitución de los ayuntamientos en los que no se hayan presentado recursos contra la proclamación de los candidatos electos.