Dos exdirigentes de los árbitros imputados junto a Villar por el presunto desvío de fondos de la RFEF

  • La Sala de lo Penal ordena citarlo para verificar si hay indicios de la posible responsabilidad penal

  • El caso Soule invstiga el desvío de fondos de la Federación de Fútbol

  • Villar es uno de los principales investigados del caso y pasó 12 días en la cárcel

Mientras en Barcelona crece el caso Negreira, por los pagos del Fútbol Club Barcelona al vicepresidente del Comité Técnico de Árbitros, José María Enríquez Negreira; en la Audiencia Nacional toma impulso el caso Soule, que investiga las irregularidades en la Real Federación de Fútbol de la era de Ángel María Villar. El propio Villar volverá a ser llamado como investigado. Además, el ex presidente de los árbitros, Victoriano Sánchez Armiño y el ex secretario general del mismo colectivo, Raúl Massó, serán citados en la misma calidad.

Lo ha ordenado este martes la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, tras estimar parcialmente un recurso de la Liga contra la prórroga de la instrucción, decretada por el juez Alejandro Abascal. En el mismo auto, el magistrado instructor rechazaba citarles como investigados, entre otras razones porque en el caso de Massó y Sánchez Armiño ya habían declarado testigos. En cuanto a Villar, que pasó doce días en prisión, es el principal investigado del caso y volverá ser llamado cuando el juez lo llame.

En su auto, la Sala rechaza otra petición de la Liga: que se tenga como investigada a la RFEF. El Tribunal explica que esta diligencia deberá estudiarse a la espera del resultado de las declaraciones de los tres anteriores.

La resolución señala que procede tomarles declaración como investigados, sin perjuicio de la futura precisión acerca de la existencia de pruebas, ya que lo conveniente en este momento es verificar si hay indicios de la posible responsabilidad penal y si esos indicios son imputables a las personas cuya declaración solicita la Liga. Para la Sala, el hecho de ya hayan declarado previamente como testigos no es óbice para su posterior cambio de condición, pasando a ser investigados. “No es sino la existencia o no de indicios racionales y suficientes de criminalidad lo que ha de determinar si la solicitud de incorporación de las personas citadas como investigas debe o no atender”.

En su escrito, la Liga denunciaba que de las diligencias practicadas se deriva la existencia de un nutrido volumen de pagos manifiestamente ajenos a los fines convencionales para los que la LNFP aportaba a la RFEF los fondos convenidos, llevado a cabo en virtud de un “Acuerdo arbitral referente a la aplicación el posible remanente generado como consecuencia de los fondos transmitidos por la LNFP a la RFEF”, alcanzado y documentado, según los denunciantes por personas sin atribución ni competencia alguna para ellos.

Esa actuación, dice la Liga, se hizo a sus espaldas, de forma que los entonces presidente y secretario del CTA prestaron su conformidad y ordenaron el pago de una serie de facturas, con fondos de la LNFP, de “gastos completamente ajenos al futbol profesional, alterándose así el destino de los fondos entregados por la LNFP a la RFEF, siendo aquellos subordinados del presidente de esta última, quien se benefició ilícitamente de tales fondos, por lo que se interesa se declare la condición de responsable civil subsidiaria de la RFEF”.

Las quinielas

Por su parte, el fiscal considera que existen indicios para entender que la LNFP percibe fondos de la recaudación de las quinielas, cuyo control y seguimiento tiene encomendada la Comisión de Seguimiento en la Participación de las Quinielas Deportivas, dependiente del Consejo Superior de Deporte (CSD), sin perjuicio de las funciones de control financiero realizadas por la Intervención General la Administración del Estado (IGAE).

Una de las obligaciones establecidas mediante acuerdo de la citada Comisión a partir el ejercicio 2004/2005 es que esa aportación de dinero público se destine a sufragar el pago de los derechos de arbitraje de las competiciones oficiales de fútbol, y que cualquier otro tipo de obligación a sufragar mediante ese remanente requerirá la previa comunicación y acuerdo favorable de la citada Comisión.

De esta forma, se materializan los convenios de coordinación LNFP-RFEF, en cuya virtud, la LNFP hace entrega de esas aportaciones a la RFEF, asumiendo esta última su gestión, sin contraprestación alguna.

 Los informes periciales practicados en las actuaciones, según el fiscal, concluyen que las aportaciones realizadas por la LNFP correspondientes a los honorarios arbitrales exceden de los gastos contabilizados por la RFEF en la suma de 7.999.013,18 euros, correspondientes a estos conceptos, indicando que esta diferencia no se encuentra justificada y que tales fondos no han sido destinados a su fin.

 “Y de lo instruido se desprenden indicios de que, en la decisión de destinar tales fondos a otro tipo de gastos, diferentes a los previstos en los convenios, habrían intervenido tanto el Presidente como el Secretario Técnico del CTA”, concluye el Ministerio Público.