"Pido perdón a todos y a la institución", dijo el hermano Pedro, del colegio La Salle Maravillas, en la única sesión de su juicio por abusar de catorce menores y tres mayores de edad después de dormirlos, tocarles y hacer fotos de sus miembros genitales. Luego, las archivaba en su ordenador. La vista no duró más, porque el acusado aceptó los hechos y la condena de 130 años de cárcel, limitada a 17 de cumplimento real.
Pero Pedro Antonio Ramos, en prisión desde que fue detenido en 2016, ya no se conforma. Según ha podido saber NIUS, se ha dirigido a la Audiencia Provincial de Madrid para pedir una rebaja de su pena, por la vía de la Ley del 'sólo sí es sí'.
Lo cierto es que lo tiene muy complicado. Distintos juristas consultados consideran que este caso no es susceptible de rebaja, principalmente porque el antiguo delito de abusos a menores y el actual de agresión a un menor (sin acceso carnal y sin violencia) están penados de la misma manera. Además, el de elaboración de pornografía infantil, por el que recibió la pena más alta, tampoco ha cambiado.
Tras conocer la petición, Nius se ha puesto en contacto con Alejandro Ruiz de Pedro, abogado de una de las víctimas, que responderá con un escrito oponiéndose porque, a su juicio, en este caso "los tipos penales no se han visto alterados" y además son muchos delitos. "Los abusos a menores no han cambiado", asevera por teléfono al tiempo que cuestiona la ética de este profesor que pidió perdón, llegó a un acuerdo "que le benefició mucho, porque se podían haber pedido penas más altas", y ya no quiere cumplirlo. Eso sí, como abogado, entiende que tiene derecho a hacer esa petición, como cualquier otro condenado.
Ruiz de Pedro recuerda el caso como uno de esos "especialmente duros", asegura que su cliente quedó muy afectado, y todavía se sorprende por la "frialdad" del condenado, que lo almacenaba todo de manera sistemática y al que define como un "depredador", que tenía esa cara "encantadora" con las familias de sus víctimas y con los propios agredidos.
El hermano Pedro, como era conocido, aprovechaba cualquier viaje, campamento de verano, o salida, para abusar de alumnos y en ocasiones de algún joven mayor de edad. El colegio donde trabajaba, la finca de la congregación en Liria (Valencia), la localidad de Güejar (Granada), o incluso Bathlangundu, en India, fueron escenarios de los ataques de este agresor sexual.
Para dormir a sus víctimas, al menos a algunas de ellas, utilizaba melatonina. Después, les realizaba tocamientos y hacía fotografías de sus genitales. El condenado lo almacenaba todo, cientos de archivos fotográficos y vídeos, en sus discos duros y en "la nube" de Dropbox.
Según la sentencia de la Audiencia Provincial, durante los tres años acumuló 28 delitos que sumaron esa condena de 130 años de prisión:
Porque como hemos dicho, los antiguos abusos sexuales a menores (ahora agresiones) han cambiado su nombre, pero no las penas para los casos en los que no hay violencia. Además, es importante que el delito de pornografía infantil se mantiene intacto y ese es el que, según los juristas consultados, le mantendrá en la cárcel durante 17 años.
Por la regla del triple de la mayor, que consiste en que la estancia en prisión se limita al triple de los años de la más elevada de sus condenas. En este caso, su mayor condena es la de elaboración de pornografía infantil. En su caso, por cada uno de estos delitos, se le han impuesto cinco años y ocho meses de cárcel, que multiplicados por tres dan 17.
Y ahí es clave el acuerdo entre las partes y el hecho de que fuera una sentencia de conformidad, porque las acusaciones o la Fiscalía tenían margen para pedir penas más altas y haber provocado que esos diecisiete años de cumplimiento superaran los veinte.