Así es el último caso de rebaja de pena a un agresor sexual que el PP reprocha al Gobierno

  • La diputada Marga Prohens ha relatado las agresiones y Pilar Llop ha admitido su responsabilidad por las rebajas

  • Fue condenado en 2010 a trece años de cárcel, pero se ha rebajado su pena a ocho años y ocho meses en aplicación del 'sólo sí es sí'

  • Sin la rebaja, habría abandonado la prisión en noviembre, porque ya llevaba doce años cumplidos

Entre la treintena de excarcelaciones producidas en aplicación de la rebaja del 'sólo sí es sí', el PP ha elegido este miércoles la de un violador condenado en Palma de Mallorca por agredir a dos mujeres a finales de 2002. Quería la popular Margarita Prohens relatar la gravedad de los "efectos no deseados" de la Ley del 'sólo sí es sí' y para ello ha contado las dos violaciones cometidas por uno de los 30 excarcelados. La excarcelación se ha producido" antes de tiempo", ha señalado Prohens. La crudeza del relato expuesto por Prohens, ha llevado a la ministra de Justicia, Pilar Llop, a asumir su responsabilidad por las rebajas de penas derivadas de la Ley, que ya suman 400.

El hecho es que este hombre fue puesto en libertad por un auto del 16 de enero, a falta de diez meses para cumplir los 13 años de prisión que le fueron impuestos el 28 de enero de 2010.

El 16 de enero de este año, la Audiencia Provincial emitió un auto por el que le rebajaba la pena de trece años a ocho y ocho meses, en función de la ley del 'sólo sí es sí'. Como esos ocho años y ocho meses ya estaban cumplidos, fue inmediatamente puesto en libertad. Si no, habría abandonado la prisión el 7 de noviembre de este año, según informan a Nius fuentes del TSJ de Baleares.

Las dos violaciones

La primera violación fue en noviembre de 2002, en la localidad de Campos, cuando tras salir con su exnovia de una discoteca, la obligó a mantener relaciones sexuales pese a las negativas de ella. "La agarró fuertemente por los brazos", le dijo cosas como "de aquí no te vas sin hacerlo" o "chúpamela" y cuando ella intentó llamar a su padre le espetó: "tu padre te puede encontrar bien o te puede encontrar mal", según la sentencia. Finalmente la obligó a hacerle una felación por la fuerza y al notar las arcadas de la mujer, la volvió a tumbar en el banco e el que estaban y se masturbó sobre ella.

El día de Navidad, el hombre volvió a violar a otra mujer, también intentó obligarla dos veces a hacerle una felación, pero ante su resistencia, acabó introduciéndole los dedos por la vagina y el ano. Tras masturbarse y eyacular, la amenazó: "No digas nada o te verás en el cementerio", le dijo antes de irse. La sentencia recoge que en 2002, cuando se produjo la agresión, la introducción de los dedos no estaba contemplada expresamente como violación, pero consideraron que se quedaba absorbido como violacion, en tanto en cuanto una de las chicas sufrió la introducción del pene en su boca.

El agresor fue detenido el siete de enero de 2003, y pasó dos días dos días en prisión. Seis años después, en 2009, fue juzgado por la Audiencia Provincial de Palma. Finalmente, el día 28 de enero de 2010 fue condenado a trece años de prisión por doble violación y dos faltas por lesiones. Eso supone que habría terminado de cumplir su condena el día 28 de enero.

Por qué se aplicó la rebaja

La Audiencia Provincial le condenó a seis años y medio de cárcel por cada una de las agresiones sexuales y falta de lesiones. Los magistrados, entre los que estaba el actual vicepresidente balear y exdiputado de Unidas Podemos Pedro Yllanes, consideraron que no había agravantes y la aplicaron una pena cercana al mínimo.

Con el Código Penal vigente en 2010, el mínimo era de seis años. Los magistrados entendieron que su pena se podía haber "atenuado" por el retraso de la causa, ya que los hechos se juzgaron en la Audiencia ocho años después de ocurrir. Aunque no se había solicitado y aunque no se apreció expresamente, sí se tuvo en cuenta ese retraso. Por eso, explicó el tribunal que consideraba que tenía que imponer las penas "tendiendo hacia el límite inferior aunque, atendida la dinámica de los hechos, sin llegar al mínimo".

Al imponerse una pena muy cercana al mínimo, sin agravantes ni atenuantes, el trasvase de la Audiencia Provincial de Baleares se hace al equivalente con las penas del 'sólo sí es sí'. Y como ahora el mínimo es de cuatro, se le ha rebajado a cuatro años y cuatro meses por cada delito, en total ocho años y ocho meses.

Lo que no podrá hacer en los próximos tres años, es acercarse a ninguna de las dos víctimas, porque el tribunal le impuso sendas órdenes de alejamiento.