Tres meses después de su entrada en vigor, la ley del 'sólo sí es sí' está a punto de ser revisada, para "evitar los efectos no deseados" que se han producido desde entonces. Es el argumento de la parte socialista del Ejecutivo, donde están determinados a introducir cambios, aunque Unidas Podemos se oponga. Igualdad se resiste a que quitar el foco del "consentimiento", la gran novedad de la norma, pero sí se abre a pequeños retoques penales en las penas mínimas. Desde el Ministerio de Justicia aseguran que el consentimiento no se va a tocar y fuentes del Gobierno añaden que lo que se va a hacer es "endurecer penas". Se volvería a los mismos castigos que antes de la ley del 'sólo sí es sí', diferenciando entre los actos con penetración de los que no la llevan, pero se mantendría la idea central del consentimiento y la consideración de que todo es agresión.
Se endurecen las penas pero eso sólo afectará a los casos que se juzguen a partir de la entrada en vigor de la reforma. Es decir, si los "efectos no deseados" de los que habla el Gobierno son las rebajas de penas que se están producido, no va a paliar nada, según los expertos. Varios juristas consultados son tajantes: eso no va a cambiar, porque las leyes sólo se aplican con retroactividad para favorecer al condenado, nunca se puede aplicar un nuevo código penal a alguien condenado antes, si el nuevo le va a perjudicar.
"Es una reforma política", señala a NIUS Patricia Faraldo, catedrática en Derecho Penal y una de las redactoras de la norma del 'sólo sí es sí', que defiende que la ley se hizo para proteger más a las mujeres, y no para castigar más a los agresores- Esta jurista no cree necesaria una reforma y cree que hay que darle tiempo. "No se pueden cambiar las normas porque sí es sí", apunta su colega de la UNED Mª Dolores Serrano, que coincide con Faradol en que hay que dejar que la ley del 'sólo sí es sí' se empiece a aplicar en casos nuevos para ver sus resultados.
El presidente del TSJ de la Rioja, Javier Marca, entiende que "la ciudadanía esté molesta", pero insiste en que la retroactividad de la ley se aplica a favor del reo: "Estamos obligados a ello ", apuntala, a la par que recuerda que la ley la ha hecho el legislador y no los jueces. En cualquier caso, falta la letra pequeña. "Hasta que no se concrete la reforma, no se puede hablar en detalle", apunta el catedrático Jacobo Dopico de la Universidad Carlos III de Madrid.
Los juristas consultados son unánimes en que ninguna reforma podrá evitar que las sentencias que ya están siendo revisadas dejen de obtener penas más bajas. Eso es así por la retroactividad. Cuando entra un nuevo código penal, se puede aplicar a sentencias anteriores, para que favorezcan al condenado. A la inversa no ocurre. Si entra en vigor una ley que endurezca las penas, esas penas más duras no se podrán aplicar a las sentencias ya dictadas, sólo a las que vengan a partir de ahí.
"La única manera de influir sobre las revisiones de sentencias pasadas es a favor de reo: nunca se puede endurecer un régimen de revisión, ni tampoco evitar que se aplique retroactivamente un régimen más beneficioso", señala Dopico, y puntualiza que la reforma estará orientada a "prevenir ciertas consecuencias indeseadas "a futuro", es decir: en relación con posibles delitos que se cometan después de la eventual reforma y no para influir sobre la revisión de sentencias". Eso es así por regla general -añade- "sin entrar en el debate técnico sobre los distintos supuestos que se plantean a los tribunales revisores y cómo se están resolviendo".
Tanto Mª Dolores Serrano como Patricia Faraldo suscriben esa idea. "La ley no me parece un error", asevera Serrano, que lo que critica es "que las cosas se cambien sin motivo y porque sí es sí" y que se hayan equiparado "un roce con una agresión con violencia e intimidación". A renglón seguido se plantea lo importante es aumentar la protección. En cualquier caso, ella asegura que dejaría la ley como está para ver su evolución en uno o dos años, antes de volver a reformarla. "Lo importante -añade- es que las mujeres estén protegidas".
Faradol defiende la norma de la que fue partícipe y asegura que con el tiempo se irá viendo que conductas que antes estaban penadas de una forma más leve, se van a castigar con penas más elevadas. "Conductas que antes se penaban como abusos, ahora se penarán como agresiones, hay que darle tiempo".
Preguntado sobre si es conveniente volver a la ley anterior, Javier Marca lo descarta: "Quizás habría que hacer una labor jurídica más fina", subraya tras analizar que lo que se ha hecho es "unificar" conductas que tienen distinta gravedad. "A mí no me importa que se todo agresión sexual. Me parece correcto, pero si cometes algo sin consentimiento y sin violencia e intimidación, pues le pones una pena más baja que si es con violencia e intimidación. En la ley actual 'sólo sí es sí' ya se reconocen conductas agravadas", contesta.
¿Qué pasa si se cambia la ley inmediatamente y quedan sentencias antiguas por revisar, qué ley se aplica?. Es la pregunta que le hacemos a María Dolores Serrano que explica que en general se seguiría aplicando la norma favorable del sólo sí es sí. "Estaríamos ante un problema de ley intermedia. Si el delito se cometió antes del 'sólo sí es sí', y cuando se llegue a la revisión ya hay una nueva ley, nos encontramos ante una situación interpretable, explica, aunque está convencida de que se revisarán de acuerdo a la ley redactada por el ministerio de Irene Montero.
Si esa rebaja no ha sido aplicada por una cuestión de plazos de tramitación mientras estaba vigente la ley del 'sólo sí es sí', al haber existido la ley y no ser culpa del condenado, en la mayoría de los casos se rebajarán las penas: "En el derecho español se sigue la doctrina de favorecer al condenado, el famoso in dubio, pro reo", explica esta catedrática.
El delito "unificado" que se ha creado con el 'sólo sí es sí', puede generar, a juicio de Dopico, ciertos problemas porque nuestro sistema, a la hora de imponer penas "contiene muchas reglas rígidas que obligan a los jueces a hacer una "aritmética de la pena".
Como ejemplo, señala los casos que afectan a "cómplices" o cuando hay varios "atenuantes". En esos casos, "el juez está obligado a aplicar una pena por debajo del mínimo del rango de ese delito".
Por ejemplo: si sólo hay un tramo que abarca tanto lo más grave como lo menos grave, al que ha participado en una violación con intimidación se le puede aplicar la misma pena que al que ha sido cómplice en un caso menos grave". Y lo mismo, a la inversa. Cuando hay circunstancias agravantes, se puede dar una hiperagravación que no tiene sentido para los casos menos graves", afirma.
Lo que hay que hacer, tanto a su juicio como al de Marca, es concretar más qué penas corresponden a cada tipo de agresión. Mª Dolores Serrano añade a esa idea que la amenaza de penas altas de cárcel no siempre sirve para para evitar las agresiones y que "en muchos casos puede tener el efecto contrario".
Ninguno de los juristas consultados cuestiona la necesidad de que el consentimiento sea clave. Faraldo explica que esta ley va muy en consonancia con las normas europeas y el Convenio de Estambul, que lo que hace es, precisamente, contemplar como delito todas las formas de violencia contra la mujer: la violencia física, psicológica y sexual, incluida la violación; la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado, el acoso, el aborto forzado y la esterilización forzada.
Javier Marca cree que "tendría sentido establecer distinta punidad a conductas de diferente gravedad", pero descarta volver a la norma anterior, como propone el Partido Popular.
En la misma línea, Jacobo Dopico cree que hay que poner tramos específicos para agresiones con violencia e intimidación y para las que no tienen esos dos elementos: "Cuanta mayor concisión emplee la ley, siempre será mejor. Esto permitiría resolver los problemas derivados de que haya un marco penal tan amplio que prevea conductas de gravedad tan distinta". En su opinión, la ley debería marcar "cuál es la respuesta penal que quiere dar a cada uno de estos supuestos, para evitar confusiones sobre qué pena corresponde a cada caso".
"Nada de esto afecta a los aspectos nucleares de la reforma: por supuesto, se seguiría manteniendo igual que desde hace años la criminalización de todo sexo no consensual; tampoco tiene que ver con la regulación que se ha dado en relación con cómo debe manifestarse el consentimiento. Y, obviamente, tampoco afecta a todos los avances introducidos en la Ley del "solo sí es sí" en materia de medidas de prevención y sensibilización, detección de violencias sexuales, formación, atención a víctimas, etc.".
El consentimiento es el punto de apoyo de la ley de Irene Montero y lo que Igualdad no quiere que se toque. El PSOE insiste en corregirla, con o sin Podemos, y el departamento de Montero, ha planteado una batería de diez medidas que inciden sobre su aplicación, por ejemplo, dar formación a los jueces a la hora de abordar estos casos, porque admiten que ninguna reforma va a frenar "el goteo de rebajas de penas", que ya llegan a las 300.