José Antonio Griñán se libra de la cárcel: la Audiencia de Sevilla aplaza su decisión sobre el ingreso en prisión
La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha acordado aplazar la decisión sobre el ingreso en prisión del expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán
"Entendemos que procede el aplazamiento de la ejecución de la pena hasta tanto el penado finalice las sesiones de radioterapia"
El informe forense recomienda que José Antonio Griñán no entre en la cárcel por su cáncer de próstata
La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha acordado aplazar la decisión sobre el ingreso en prisión del expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán para cumplir la pena de cárcel impuesta por el caso ERE hasta que éste concluya las sesiones de radioterapia que debe recibir por la enfermedad que le ha sido recientemente diagnosticada, de forma que, una vez finalicen dichas sesiones, su representación letrada deberá comunicarlo "inmediatamente" a la Sala, acompañando documentación médica, a fin de que se emita nuevo informe por el médico forense.
Como ha informado la Oficina de Comunicación del TSJA, el abogado del expresidente de la Junta de Andalucía presentó a finales del pasado mes de diciembre un escrito solicitando la suspensión del ingreso en prisión al amparo del artículo 80.4 del Código Penal, artículo que dispone que los jueces y tribunales podrán otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables.
MÁS
Ignacio de la Riva, abogado especializado en casos de corrupción y malversación: "Se están despenalizando hechos muy graves"
Caso de los ERE: quién es quién en la trama de fraude en la concesión de ayudas sociolaborales
Confirman 6 años de cárcel a José Antonio Griñán y 9 de inhabilitación a Manuel Chaves por el caso 'ERE'
De manera subsidiaria, pidió el aplazamiento del ingreso en prisión, en tanto que considera que el tratamiento prescrito para la enfermedad que padece no puede ser desarrollado convenientemente por los servicios médicos del centro penitenciario.
Tras pronunciarse al respecto tanto la Fiscalía Anticorrupción como la acusación particular ejercida por el PP-A, la Sección Primera ha dictado un auto en el que señala que, a la vista del informe médico forense obrante en la ejecutoria, "del que se desprende con claridad la no conveniencia del ingreso del penado en el centro penitenciario, entendemos que procede el aplazamiento de la ejecución de la pena hasta tanto el penado finalice las sesiones de radioterapia".