El Tribunal Supremo rebaja por la ley del 'solo sí es sí' la condena de un abusador sexual a la mitad
El Tribunal Supremo rebaja la condena a un hombre que realizó tocamientos a cuatro menores por la ley del 'solo sí es sí'
El condenado ve rebajada su condena a la mitad: de nueve años de prisión a cuatro y medio
El Tribunal Supremo ve "obligatorio" revisar penas tras la ley del 'solo sí es sí' por ser más favorable al reo
El Tribunal Supremo ha rebajado de nueve a cuatro años y medio de prisión la condena a un hombre que realizó tocamientos a cuatro menores de 16 años y a otra mayor mientras patinaban en una pista de hielo de Vitoria el 22 de diciembre de 2019 al aplicar la nueva ley del solo sí es sí, más beneficiosa para él.
La Audiencia Provincial de Álava, en primera instancia, y el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, después, le condenaron a nueve años de cárcel por cuatro delitos de abuso sexual a menores y otro de abuso sexual a mayor de edad.
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Se debe aplicar al condenado la legislación más beneficiosa
En su sentencia, el Supremo explica que, por la ley del solo sí es sí, debe imponerse al acusado la pena mínima por la escasa entidad de los tocamientos, que antes de la reforma legal estaba fijada en dos años de prisión por cada abuso a menor y uno para abuso a mayor de edad, pero la nueva ley permite en los casos de menor gravedad "rebajar en un grado la pena, lo que se ha aplicado al condenado al ser la nueva legislación más beneficiosa".