Si hay algo que está claro es que el referéndum independentista del 1-O y lo que pasó a su alrededor, ha dado lugar a una cadena de hechos inéditos en nuestro país, como la fuga de un presidente de la Generalitat de Cataluña a Bélgica o un juicio en el Supremo a buena parte de aquel Gobierno de Cataluña.
Lo nunca visto de todos aquellos hechos, se repite con la eliminación del delito de sedición y su sustitución por uno de desórdenes públicos agravados, que genera controversia entre los juristas a los que preguntamos si Carles Puigdemont podrá ser entregado a España y en qué condiciones. En el Supremo, donde debería ser juzgado, hay quien asegura que el expresident puede volver a España sin causas judiciales, tampoco por desórdenes públicos o incluso por malversación. Para el entorno de Puigdemont, y según otros juristas consultados, eso no está tan claro.
Una docena de líderes independentistas condenados a penas de hasta trece años de cárcel por los delitos de sedición, malversación y desobediencia; penas de prisión conmutadas vía indulto; un expresident procesado en la distancia, con acta de eurodiputado y con la inmunidad cuestionada; y por último la presentación de una reforma -a falta de todo el procedimiento- que elimina el delito de sedición y enmarca los hechos que le corresponden hasta ahora en un delito de desórdenes públicos, penado con hasta cinco años, en lugar de los 15 que contempla el actual delito de sedición. Son algunos de los grandes hitos del procés que aún no se sabe cómo acabará para el jefe del Gobierno de Cataluña en 2017.
Fuentes del Alto Tribunal consultadas por NIUS tienen muy claro que en cuanto se publique la reforma, Puigdemont quedará libre para venir a España "sin tener siquiera que pasar por el despacho del juez Pablo Llarena", instructor del Procés. Esto sería así porque:
Esa misma idea sostiene Víctor Vázquez Alonso, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla, que cree que la malversación podría desaparecer si no hay otro delito en concurso.
Otros juristas consultados rechazan esa idea, porque sí creen que se le puede detener por desórdenes públicos. Aseguran, además, que la malversación, por sí misma es un delito y que la propuesta del PSOE no va a cambiar nada, o casi nada, en el caso de Puigdemont. De hecho, insisten que habría una especie de intercambio: la malversación se convertiría en el delito más grave y estaría agravado por el de desórdenes públicos.
Otro punto de vista, el del catedrático en derecho penal Nico García-Rivas. Él tiene claro que a Puigdemont no se le puede acusar de un delito que no existía, así que habría que hacerlo por el de desórdenes públicos anterior, penado con hasta tres años de cárcel.
El problema, que el Supremo descartó expresamente en la sentencia, que fuera un delito de desórdenes públicos, porque esos no tienen el "ánimo sedicioso" que se atribuyó a los condenados.
Para García Rivas, no está tan claro que el delito de malversación quede anulado, porque a su juicio, "que no sea instrumental no significa que no fuera condenable". Además, apunta a que ahora será el Supremo el que tenga que decidir si emite nuevas órdenes de detención por desórdenes públicos, que sería el paso siguiente del Alto Tribunal y que correspondería al juez Llarena.
Todo esto ocurre a dos semanas de que el TJUE revise la inmunidad de Puigdemont. El Parlamento Europeo dio luz verde al suplicatorio, que suponía la reactivación de las euroórdenes contra él.
Pero Puigdemont recurrió al TJUE contra esa decisión de la Eurocámara. En este momento, tiene una inmunidad provisional, hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea decida.
La vista para ese caso se celebrará entre el 24 y el 25 de noviembre en Luxemburgo, donde se encuentra la sede del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Sin embargo, Joaquim Bosch, exportavoz de jueces para democracia, cree que la reforma del Gobierno sí beneficia en eso a Puigdemont, porque considera que si Bélgica no ha entregado a Puigdemont, por unos hechos considerados sedición, menos lo va a hacer por unos delitos de entidad menor.
Según fuentes jurídicas, seguirá intacta, porque el delito de malversación pasaría a ser el más grave, y la inhabilitación prevista para él es de hasta 20 años. Es decir, no cambiaría nada y seguiría sin poder acceder a un cargo público hasta 2031.
En cambio, si como sostiene el Supremo, el delito de malversación quedara anulado junto al de sedición, podría hacerlo desde el día siguiente a la publicación en el BOE de la reforma.