Poco más de diez días lleva el vigor la ley de Garantía Integral de Libertad Sexual, más conocida como ley del sólo sí es sí . En estos días, ya hemos visto un recurso de un condenado en Girona que se apoya en esa norma para pedir que se le rebaje la pena en función de las horquillas penales que rebajan las penas mínimas. Enfrente, su abogado tiene a Judit Gené, que representa a la víctima y asegura a NIUS que ya tiene lista su respuesta. En ella defenderá, entre otras cosas, que los hechos siguen siendo los mismos; que la agresión "con violencia e intimidación" está probada; y que la interpretación de la Ley tiene que tener en cuenta los hechos, más allá de las horquillas legales.
Otro acusado, también en Girona, pidió en su día que se retrasara el juicio hasta que la Ley de Irene Montero entrara en vigor y lo ha conseguido. Ni la Fiscalía ni la acusación se opusieron y la vista, que en un momento se iba a celebrar en septiembre, será este jueves, 20 de octubre.
Ellos recogen la idea que lanzó a finales de agosto Agustín Martínez, abogado de La Manada, y que planteó la posibilidad de solicitar una rebaja de la pena. Consultado por NIUS este martes, Martínez responde que lo "sigue estudiando", pero de momento no ha movido ficha.
Sin duda, la ley nació para luchar contra las agresiones sexuales. Pero la clave está en que las penas por agresión sexual con violencia no se endurecen y se mantienen un un máximo de 15 años en los casos más graves. "La diferencia entre antes y ahora está en la nomenclatura", señala a NIUS la abogada Beatriz de Vicente, que en cualquier caso señala que lo que importa al final es el "relato de hechos".
La diferencia entre antes y ahora, en los casos en los que no hay penetración es:
En los casos en los que hay penetración, la horquilla de las penas varía así:
Por las tentativas de agresión:
Con la nueva norma en la mano, todo se llama agresión sexual, y quien cometa una agresión sin violencia puede enfrentarse a una pena más dura, pero cuando la hay, el tramo de posibles condenas empieza más abajo. Y a eso se agarran algunos abogados que estos días echan mano de la calculadora.
Porque hay una cosa que está clara, si una ley nueva es favorable a un condenado, se aplicará la norma que le beneficie. Pero estamos ante un debate técnico en el que eso no está tan claro que la nueva ley les vaya a favorecer. Con toda probabilidad, estos asuntos acabarán en el Tribunal Supremo, que es el que tiene que fijar doctrina,
Martí fue condenado por la Audiencia de Girona por violar a una amiga en 2019. Ella se había quedado a pasar la noche y él la agredió a la mañana siguiente, penetrándola contra su voluntad. La violación está probada por varios motivos. Entre ellos, la declaración de su víctima que fue idéntica en comisaría y en el juzgado, y mucho más contundente que la de él. La violación fue a la segunda, porque horas antes ya lo había intentado.
Además, en unos mensajes de Whatsapp intercambiados al día siguiente, él le pedía disculpas "se me fue", le decía a la protesta de ella por haberla "forzado".
Martí fue condenado a seis años y medio por la violación y a otros tres por el intento. En total, 9 años y medio que su abogado cree que puede rebajar hasta los 6,8, porque sostiene que las penas impuestas está en la horquilla inferior y que eso se debe mantener.
Así que su deducción es que si por la agresión se le aplicaron 6,6 años, con una ley que castigaba con mínimo de seis, ahora que el mínimo es de 4, debería ser de 4,8. Y lo mismo con la tentativa, que según su tesis debería bajar de tres a dos años.
La abogada de la acusación, Judit Gené, insiste en que la finalidad de la Ley "no es bajar a penalidad de la violación sino subir la del abuso". Y por eso está convencida de que la ley no juega en su contra. "A la hora de aplicar la Ley, al margen de su redacción, tienes que mirar las circunstancias y ajustarlas al nuevo marco legal", señala en conversación con NIUS.
Es decir, los hechos son los que son y los jueces se tendrán que centrar en el relato de esos hechos a la hora de revisar la sentencia.
Por otra parte, Gené señala que este no era el momento de presentar esta petición, porque la sentencia está recurrida y a la espera de respuesta por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Son los jueces los que tendrán que ver si la Ley le beneficia, pero eso se debería ver después de la respuesta al primer recurso "legalmente, este no es el momento de presentar trámites", añade.
No sólo eso. La letrada apunta que en el momento de presentar el recurso, ni siquiera había entrado en vigor la Ley, lo que puede indicar una cierta "desesperación".
También en Girona, este jueves se celebrará un juicio por la presunta violación de un hombre a su expareja. Aquí todavía no hay condena, porque no ha habido juicio.
Su abogado pidió esperar a que se hubiera aprobado la Ley para ponerse ante el tribunal con la esperanza de que la norma le beneficie.
Lo cierto es que ni la defensa ni la Fiscalía se opusieron, y que en cualquier caso, si la ley realmente le beneficiara, daría igual el momento del juicio, debido a la retroactividad de las normas favorables. Pero él lo ha hecho y probará a conseguir penas más bajas para su acusado.
Fue Agustín Martínez el primero -al menos de un caso mediático- que planteó usar la ley contras las agresiones para defender a sus clientes, los violadores de La Manada.
Dos meses después, lo sigue estudiando y aún no ha acudido al Supremo, que elevó la condena de nueve a 15 años, el máximo entonces y ahora.
Lo cierto es que en el caso de los miembros de La Manada, que agredieron a una joven en las fiestas de San Fermín de 2016, la condena de 15 años también está contemplada ahora, por lo que parece muy difícil que les beneficie, al menos de forma sustancial.
Más si tenemos en cuenta que esta ley tiene como hito inicial aquella agresión en grupo que primero fue sentenciada como abuso y que la acusación y la Fiscalía tuvieron que llegar al Supremo para que se considerara agresión, tras una enorme movilización social.