Elecciones Galicia 2024: ¿Cómo votar desde el extranjero?
Para aquellos que no están en el territorio sigue siendo posible apoyar al grupo político de nuestra elección
El proceso a seguir es distinto para residentes permanentes que para temporales
Elecciones Galicia 2024: ¿Cómo solicitar el voto por correo?
El próximo 18 de febrero de 2024 se realizan las elecciones autonómicas de Galicia, y está en manos de los habitantes mayores de edad de esta comunidad elegir quién llevará las riendas de los principales estamentos del territorio. Más allá de programas electorales y grupos políticos, lo más importante de todas elecciones es que el pueblo participe de la fiesta de la democracia, siendo esto algo que no está restringido únicamente los que estén físicamente en la comunidad en el día elegido por las autoridades para depositar el voto.
Para la gran mayoría de ciudadanos es simple. Basta con acudir al colegio electoral que corresponda y depositar la papeleta en las urnas tras identificarnos. Sin embargo, para todos aquellos que no están físicamente en el territorio, la cosa se complica, aunque sigue siendo posible apoyar al grupo político de nuestra elección, tanto si estamos de forma permanente, como de forma temporal, en otras partes del país, o incluso en el extranjero.
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Cómo votar para los residentes permanentes en el extranjero
Para los ciudadanos gallegos que residen permanentemente en el extranjero y están inscritos en el Censo de Residentes Ausentes (CERA), el proceso para votar en las Elecciones al Parlamento de Galicia de 2024 es bastante claro y se realiza principalmente por correo. Este es el proceso a seguir para ejercer el derecho al voto:
- Recepción automática de la documentación: Los electores inscritos en el CERA recibirán automáticamente la documentación electoral en su domicilio. Esta documentación incluye sobres de votación, certificados de inscripción en el censo, y una hoja informativa.
- Envío de la documentación: Habrá dos envíos de documentación que recibirán los votantes inscritos:
- El primer envío, que incluirá el material para la votación, se realizó entre el 13 y el 19 de enero de 2024.
- Un segundo envío, con las papeletas electorales, se hará entre el 24 y el 28 de enero de 2024. También es posible descargar las papeletas desde la web oficial.
- Formas de votar:
- Por correo: Los electores pueden enviar su voto por correo certificado al consulado hasta el 13 de febrero.
- En urna: Otra opción es depositar el voto en la oficina consular en la que están registrados, del 10 al 15 de febrero.
Para que el voto tenga validez, es esencial incluir en el sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial una fotocopia del pasaporte o DNI español, o una certificación de nacionalidad expedida por el Consulado de España en el país de residencia.
Cómo votar para los residentes temporales en el extranjero
Para aquellos que residen en Galicia pero se encuentran temporalmente en el extranjero (voto ERTA), el procedimiento es ligeramente diferente al descrito anteriormente:
- Inscripción en el registro de matrícula consular: Es necesario estar inscrito como no residente. Si no se está inscrito, se puede hacer al recoger o entregar la solicitud de voto.
- Solicitud del voto: Se debe recoger y entregar el impreso de solicitud del voto por correo en los Consulados y Embajadas, o descargarlo desde la web oficial de las elecciones 2024 en Galicia. Este paso debe completarse antes del 20 de enero.
- Recepción y envío de la documentación electoral: Tras la proclamación de las candidaturas, el consulado enviará por correo certificado la documentación electoral, que incluye hoja explicativa, certificado de inscripción en el censo, papeletas, sobre de votación, y un impreso para devolver los gastos de envío del voto por correo. El plazo para remitir el voto por correo desde el extranjero será hasta el 14 de febrero.
Al igual que para el caso de los residentes permanentes, es necesario incluir en el sobre dirigido a la mesa electoral una fotocopia del pasaporte o DNI español, o una certificación de nacionalidad, y asegurarse de que el sobre lleve un cuño u otra inscripción oficial que certifique el cumplimiento del requisito temporal.