La Diputación foral de Vizcaya ha afirmado que acata las sentencia del Tribunal de la UE que considera ilegales las minivaciones fiscales y el crédito fiscal del 45 por ciento, pero ha indicado que "carecen de efectos prácticos" en este Territorio porque en 2007 ya se habían recuperado las cantidades disfrutadas por las empresas beneficiarias y los intereses de la recuperación, en total, 134 millones.
En un comunicado, se ha referido, de esta manera, a la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de desestimar los recursos de casación interpuestos por la Diputación Foral de Vizcaya contra las sentencias del Tribunal de Primera Instancia en los casos de las "minivacaciones fiscales" de 1996 y del crédito fiscal del 45 por ciento de las inversiones para grandes proyectos de inversión.
En este sentido, ha indicado que este tribunal, siguiendo la línea que ya había apuntado el pasado 9 de junio al pronunciarse sobre las vacaciones fiscales de 1993, ha rechazado los argumentos de las instituciones vascas y de la Abogacía del Estado ante el Tribunal de Luxemburgo, que representaba al Gobierno español en este procedimiento, y ha considerado que el Tribunal de Primera Instancia y la Comisión "actuaron correctamente al exigir la recuperación de las ayudas disfrutadas por las empresas".
Al respecto, ha indicado que la Diputación foral de Vizcaya acata, "como siempre", el contenido de todas las resoluciones judiciales, aunque lamenta que no se hayan aceptado sus argumentos jurídicos. La Diputación vizcaína considera concluido el procedimiento judicial en relación con estos asuntos, ya que la máxima instancia judicial de la Unión Europea "ha dicho su última palabra al respecto".
No obstante, la Diputación foral de Vizcaya ha insistido en que las sentencias "carecen de efectos prácticos" en el Territorio Histórico de Bizkaia puesto que la Diputación foral de Vizcaya "ya había ejecutado en 2007 completamente las decisiones de la Comisión de 11 de julio de 2001 y había recuperado de las empresas beneficiadas las cantidades disfrutadas y los intereses de la recuperación".
En concreto, ha indicado que, tal y como se informó en su momento, la Diputación foral de Vizcaya recuperó de los beneficiarios de estas ayudas 96,3 millones de euros más 38,5 millones de euros en concepto de intereses de demora.
MULTA
Asimismo, ha señalado que la Comisión Europea ha llevado al Reino de España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en otro procedimiento judicial para solicitar la imposición de multas por considerar que las decisiones de 11 de julio de 2001 no se han ejecutado "completamente".
En este sentido, ha apuntado que la Diputación foral de Bizkaia y el Reino de España "discrepan" de esa conclusión y han presentado, a través de la Abogacía del Estado ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el pasado 14 de julio la contestación a la demanda en ese procedimiento, defendiendo "la corrección de los criterios empleados por la Diputación foral de Bizkaia para ejecutar las decisiones conforme a precedentes existentes tanto del Tribunal de Justicia como de la propia Comisión".
Según ha explicado la Diputación, en ese procedimiento solamente se cuestionan, por lo que a Bizkaia se refiere, dos criterios empleados en el proceso de recuperación, respecto de los que la Comisión realiza una interpretación "no conforme" con el Derecho de la Unión Europea, y "será el Tribunal de Luxemburgo el que deba pronunciarse en último extremo al respecto, lo que no se espera que se produzca antes de dos años".
Por último, la Diputación foral de Bizkaia ha ratificado que las decisiones de la Comisión han sido "completamente ejecutadas" en sus propios términos, "como espera que ratifique en su momento el Tribunal de Justicia de la Unión Europea".