La abogada General del TUE avala que los interinos que cubran una vacante no tengan indemnización

  • Respalda la ley laboral española que no convierte en fijo a un empleado temporal que cubre una plaza durante muchos años

  • Sus conclusiones no son vinculantes y el Gobierno de España sigue pendiente del dictamen del Tribunal de Justicia de la UE

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), Maciej Szpunar, ha avalado este jueves la legislación laboral española que rechaza indemnizar por despido a funcionarios interinos nombrados para sustituir una plaza vacante. La justicia europea considera que el abuso de la interinidad en sus empleos no es causa suficiente para convertirles en fijos.

La legisladora europea ha respaldado así la normativa española en esta materia "en la que el uso abusivo de sucesivos nombramientos temporales por parte de una Administración pública no se sanciona automáticamente con la transformación de la relación de servicio temporal en una relación de servicio fija".

La conclusión de la abogada laboral europea no es vinculante, aunque en la mayoría de los casos, el Tribunal de Justicia de la UE sigue la misma línea en la elaboración del fallo final.

El fallo responde a la demanda de un informático contratado como interino en el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) que lleva 18 años en ese puesto, y los de cuatro odontólogas, también de la sanidad pública madrileña, que llevan entre 12 y 17 años encadenando distintos contratos temporales. Todos demandaron que la administración autonómica que por haber abusado de la contratación temporal y que esa sanción fuera su conversión en personal fijo.