En qué quedamos: ¿suben o no las pensiones en enero? ¿Y el resto del año?

  • El ministerio garantiza la subida del mes de enero que se pagará entre los días 22 y 27

  • Los partidos que han votado en contra aseguran el apoyo a la subida de las pensiones, si se presenta un Decreto-ley a parte

  • Se aprueban medidas relativas a la jubilación demorada, activa y parcial contenidas en otro Decreto-ley

El Congreso ha tumbado el Real Decreto-ley de revalorización de las pensiones, con los votos en contra de Partido Popular, Vox y Junts. El Real Decreto-ley contemplaba la subida, efectiva desde el 1 de enero, del 2,8% de las pensiones del sistema de Seguridad Social y de Clases Pasivas del Estado con carácter general; un aumento del 9% de las pensiones no contributivas y del Ingreso Mínimo Vital y una subida en el entorno del 6% del importe de las pensiones mínimas.

Qué pasa en enero

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha informado de que “el cobro y la subida de las pensiones en el mes de enero están asegurados gracias a que el decreto ha estado vigente hasta hoy”.

La orden del pago de la nómina de enero ya está dada, así es que 12 millones de pensionistas verán incrementada su pensión en enero según lo previsto. Las pensiones medias de jubilación subirán de media 40,5 euros para quedarse en los 1.487 euros brutos. Dentro de estas, las del Régimen General subirán de media 45 euros al mes, para situarse en los 1.650 brutos. Las pensiones de las viudas, 2,3 millones, ascenderán de media a 923 euros al mes, y las pensiones medias de los autónomos subirán 27 euros. Mientras que la pensión de Clases Pasivas, las de los funcionarios, suben hasta los 2.313 euros al mes, 63 euros más por paga.  La pensión mínima de jubilación aumenta de los 517 euros al mes a los 532 euros mensuales15 euros más al mes.

Y el resto del año

La ministra Saiz deja en el aire la subida a partir de febrero. “Estos grupos parlamentarios (en alusión a los que han votado en contra) tendrán que explicar por qué han recortado las pensiones en 2025 y por qué después de ver revalorizada su pensión en enero, (los pensionistas) van a tener que soportar que sea más baja en febrero”, ha indicado el ministerio en un comunicado.

Ahora el Gobierno deberá elaborar un nuevo decreto ley en el plazo de un mes y que este sea aprobado en el Parlamento. El texto del decreto no aprobado incorporaba medidas con las que ni PP ni Vox estaban de acuerdo, como el impuesto a la banca y medidas relativas a hidrocarburos y okupación, entre otras.

Tanto el PP como VOX y Junts sostienen que apoyarán el aumento de las pensiones, si el Gobierno presenta la medida por separado, por lo que es muy poco probable que las pensiones se queden congeladas a partir de febrero de 2025.

Otras medidas en pensiones

Por otro lado, el Congreso sí ha aprobado otro Decreto-ley que incluye medidas en pensiones, relativas a la jubilación demorada, parcial y activa. En cuanto a la jubilación demorada, la nueva regulación incluye la posibilidad de recibir un incentivo adicional por cada seis meses de demora del momento de jubilarse a partir del segundo año de haber cumplido la edad legal de jubilación, y no sólo cada doce meses. 

Con el nuevo marco, si una persona que puede jubilarse a los 66 años decide seguir trabajando hasta los 68 y 7 meses, recibirá un incremento de su pensión del 4% por el primer año de demora; otro 4% por el segundo (2% adicional por cada semestre) y un 2% por los siete meses adicionales. Esto significa que, cuando finalmente se jubile, su pensión será un 10% mayor.

Jubilación activa

Se mejora la compatibilidad de trabajo y cobro de pensión. El nuevo texto elimina el requisito de tener una carrera de cotización completa, y será compatible con los incentivos de demora. Cada año en que se prolongue la jubilación activa, es decir, cada año en que se compatibilice trabajo y pensión, se incrementará el porcentaje a aplicar en el percibo de la prestación. Si la demora es de un año, el porcentaje correspondiente de la pensión será del 45%; si la demora es de cinco o más años, podrá percibirse hasta el 100% de la prestación.  

Jubilación parcial

En cuanto a la jubilación parcial, A partir de ahora, se amplía hasta el 75% la posibilidad de ampliar la reducción de jornada del jubilado parcial, que hasta ahora era del 50%. Además, se podrá acceder a la jubilación parcial tres años antes de la edad legal de jubilación, debiendo ser la reducción de jornada durante el primer año entre el 20 y el 33%.