Se aplicará en los contratos de alquiler que se firmen a partir del 6 de marzo de 2019 y no tendrá carácter retroactivo. El real decreto no establece un tope de los precios de las viviendas en alquiler, tal y como exigía Unidos Podemos.
Tendrá eficacia legal frente a terceros durante el plazo de los cinco primeros años del contrato, o siete años si el arrendador es persona jurídica. Para dar mayor estabilidad a los arrendadores, si no existe comunicación de alguna de las partes se prorrogará el contrato durante tres años más.
Los arrendatarios no podrán exigir una fianza superior a tres meses, aparte de la cuantía de un mes de fianza. No se podrá acordar lo contrario en el contrato, porque carecerá de validez. Estos tres meses de fianza se podrán habilitar a través de depósito o de aval bancario.
Limitación de la actualización de rentas por toda la duración del contrato de arrendamiento de vivienda con independencia de la renta que se pague, y no solamente por el plazo de la prórroga legal obligatoria, conforme a la variación anual que experimente el IPC.
Se elimina la obligación de repercutir este impuesto a los inquilinos de las viviendas en alquiler social. Además se abre la posibilidad de que los municipios puedan bonificar el IBI en inmuebles de uso residencial que sean objeto de alquiler social.
En caso de que se produzca el fallecimiento del arrendatario, los familiares podrán continuar en la vivienda en alquiler en aquellos casos de vulnerabilidad social.
Si el propietario decide vender la vivienda alquilada tendrá que respetar los plazos así como las condiciones vigentes, incluso si no tiene registrado el contrato. De modo especial deberá respetar estos plazos en el periodo de prórroga obligatoria de cinco o siete años. Según el Gobierno, el objetivo es prevenir posibles prácticas de fondos de inversión que adquieran viviendas arrendadas y que decidan no asumir los plazos y condiciones de los contratos vigentes.
El alquiler turístico está regulado en el nuevo decreto de Alquiler por decisión de las comunidades de propietarios. Si los vecinos logran una mayoría cualificada de 3/5 partes de la comunidad, podrán limitar las viviendas de uso turístico —hasta ahora se necesitaba unanimidad.
Se acaban los levantamientos con fechas abiertas. En la nueva ley se establece la notificación sistemática de los procedimientos de desahucio a los servicios sociales para que puedan intervenir en caso de necesidad. Tendrán que notificarse obligatoriamente con el día y la hora del desahucio.
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