¿Qué impuestos paga un autónomo y cuándo debe pagarlos?
Ser autónomo pasa por hacer frente a ciertos gastos: no solo deberás abonar tu cuota a la Seguridad Social, sino pasar determinados impuestos
El tipo general del IRPF aplicable a los autónomos es del 15 por ciento
En cuanto al IVA, estos profesionales actúan como meros recaudadores: el sujeto pasivo es el consumidor final
Ser autónomo tiene cosas muy buenas y cosas no tan buenas: hacer frente al pago de la cuota de la Seguridad Social entraría en la segunda categoría, y más si tenemos en cuenta la reforma que prepara el Gobierno. Tampoco ayuda el pago de impuestos relacionados con el desempeño de una actividad por cuenta propia. Normalmente se trata de dos: IRPF e IVA, si bien en el segundo caso el autónomo actúa como mero recaudador, ya que el sujeto obligado a abonarlo es, en realidad, el consumidor final. ¿Cuáles son los impuestos que deben pagar los autónomos y cómo funcionan?
Qué impuestos paga un autónomo y cuándo se pagan
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Ser autónomo puede conllevar mucha libertad en algunos aspectos, pero el fiscal no es uno de ellos. De hecho, salvo que seas bueno con los números y conozcas la normativa aplicable, es probable que necesites la ayuda de un asesor fiscal para hacer frente a tus obligaciones con Hacienda. De un lado, es claro que deberás abonar la cita de la Seguridad Social, que no es un impuesto propiamente dicho (pero te dolerá igual, salvo que puedas optar por la tarifa plana). De otro, deberás hacer frente al pago de dos tributos: IVA (o IGIC en el caso de Canarias) y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
En cuanto a cuándo paga impuestos un autónomo, hay impuestos que deben declararse una vez al año, otros de manera trimestral... Dependerá de tu actividad concreta y del sistema de declaración al que te acojas (por módulos o por estimación directa). Dependiendo de la actividad en la que te hayas dado de alta en Hacienda a través del modelo 036, estarás obligado a presentar un modelo u otros.
IRPF
El IRPF es un impuesto directo (es decir, que grava de forma directa a cada persona, ya sea física o jurídica, en este caso, en función de sus ingresos en el periodo de un año) y progresivo (cuanto más ganemos, más pagaremos proporcionalmente). Por tanto, cuanto más ganas, más pagas, y Hacienda establece para ello una serie de porcentajes para poder calcular cuánto debes pagar en concepto de IRPF durante cada ejercicio fiscal (que coincide con el año natural).
En genera, en el año 2021, el porcentaje de IRPF para un autónomo es del 15 por ciento, siempre y cuando tenga una renta superior de 15.000 euros anuales. De esta forma, pagarás a la Agencia Tributaria la cantidad proporcional al 15 por ciento de todo lo que hayas facturado en un trimestre o en un ejercicio fiscal.
También conviene saber que los nuevos autónomos se pueden aplicar una retención reducida del 7 por ciento durante el primer año de alta y en los siguientes dos años de actividad.
Por último, ten en cuenta que existen dos regímenes de declaración:
- Estimación directa: se calcula sobre la renta anual que hayas tenido. Hay que diferenciar, a su vez, dos tipos: Normal (más de 600.000 euros de ingresos anuales, con más obligaciones contables) o Simplificada (menos de 600.000 euros de ingresos anuales).
- Estimación objetiva o por módulos: Debes pertenecer a unas actividades concretas (ganadería, bares, comercios y transporte...) y no superar los 250.000 euros de ingresos anuales, entre otras condiciones.
IVA
El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) es un impuesto indirecto que grava el consumo y que, por tanto, debe abonarlo quien realiza una compra o contrata un servicio con carácter final. Por tanto, el autónomo o empresario tan solo ejerce como intermediario, recaudando este tributo e ingresándolo posteriormente en Hacienda. Por eso es tan importante no tocar este ingreso hasta que toque abonarlo en la Agencia Tributaria.
Además, hay que tener en cuenta que el propio empresario, al comprar suministros para su actividad, estará pagando IVA por ellos. Por ello, en la declaración trimestral del IVA se recogerá tanto el IVA repercutido como el soportado. La diferencia entre ambos conceptos nos indicará si somos nosotros quienes debemos ingresar dinero en Hacienda o si, por el contrario, debe suceder al revés.
En concreto, el modelo 303 del IVA es el documento que deberás presentar cada trimestre si eres autónomo, profesional o sociedad que realice actividades económicas para las que sea de aplicación el régimen general o en régimen simplificado de IVA. Esto significa que, incluso aunque no generes ninguna actividad durante un trimestre determinado, deberás presentar este modelo igualmente.
El modelo 303 (autoliquidación) se deberá llevar a cabo entre el día 1 y el día 20 del mes siguiente al fin del trimestre de que se trate, ambos incluidos.