El Tribunal Supremo obliga a una empresa a respetar la hora del bocadillo
telecinco.es
10/12/201415:40 h.La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha declarado discriminatorio el convenio colectivo de una empresa de 1.089 trabajadores que excluyó a los nuevos empleados del periodo remunerado de 30 minutos de descanso para el bocadillo, que se mantenía para el resto de trabajadores, alegando razones económicas. La resolución que ha hecho pública el alto tribunal este martes insta a la Fiscalía a plantear la ilegalidad del convenio colectivo de la empresa Compañía de Distribución Integral Logista S.A. y ratifica la sentencia dictada en mayo de 2013 por la Audiencia Nacional, que declaró el derecho de todos los trabajadores de la empresa a disfrutar del citado derecho sea cual sea su fecha de contratación.