Hacienda ultima el formulario para reclamar más fácil las retenciones en el IRPF por baja maternal
telecinco.es
15/10/201813:13 h.El Tribunal Supremo ha determinado que las prestaciones públicas por maternidad de la Seguridad Social, que perciben las mujeres trabajadoras durante la baja de 16 semanas tras el nacimiento de un hijo, están exentas del IRPF, en contra del criterio que hasta ahora ha mantenido la Agencia Tributaria.
Esta sentencia puede propiciar que miles de madres y padres soliciten la devolución de lo tributado por la prestación de maternidad, lo que supondría un duro golpe para Hacienda. Esta es una guía con las preguntas y respuestas para aclarar cómo solicitar la devolución de la prestación por maternidad a las arcas públicas.
A partir de esta semana, Hacienda facilitará la posibilidad de reclamar el IRPF correspondiente a las prestaciones por maternidad y paternidad. Esto se debe a una sentencia del Tribunal Supremo que concluyó que este tipo de ayudas están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Con el objetivo de conocer cuántos años se ha percibido la prestación, la Agencia Tributaria pondrá a disposición un formulario que en los próximos días debería estar disponible en la página web de la AEAT, así como en todas las oficinas de Hacienda. Según los datos de Gestha, serían cerca de 1,1 millones los posibles beneficiarios, lo que supondrá, en estimaciones de UGT, un importe de más de 50 millones de euros en devoluciones.En el cuestionario habrá que confirmar los años que se recibió la ayuda y el número de cuenta bancaria en el que se quiera ingresar el dinero. Una vez comprobada y ratificada la petición, unos meses más tarde será devuelta la cantidad correspondiente además de los intereses por la demora.
Casi 1,1 millones de afectados podrán reclamar la devolución del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de la prestación por maternidad y paternidad.
El Tribunal Supremo dictaminó hace 10 días que las prestaciones por maternidad estaban exentas del pago de IRPF, en contra del criterio de la Agencia Tributaria. Entonces los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) recomendaron esperar unas semanas antes de empezar a reclamar las devoluciones. Eso evitará colapsos. Gestha, prevé que se "calculará a cada contribuyente la cuantía de la devolución y habrá que acordar con la Seguridad Social que el INSS desglose la información correspondiente a la prestación".
En este sentido todos los que tengan la posibilidad de reclamar "deberían recibir una notificación, vía SMS o por correo", Las declaraciones afectadas son las presentadas a partir de 2014. Y se deberá hacer constar los años en los que se percibió la prestación y un número de cuenta bancaria donde se abonará la devolución en caso que proceda.
Las mujeres con sueldos inferiores a los 14.000 euros anuales prácticamente no se verán beneficiadas por ausencia de retenciones a cuenta del IRPF. Por otro lado los que no presentaron declaración por no estar obligadas ahora sí podrían presentar declaraciones extemporáneas para recibir las devoluciones.
Algunas cuestiones que debes saber
¿Quién puede solicitar la devolución?
Los contribuyentes que incluyeron la prestación por maternidad en sus declaraciones de IRPF de los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017 pueden solicitar la devolución de la prestación por maternidad, ya que los ejercicios anteriores han prescrito al haber pasado más de cuatro años, según indicó a Europa Press el portavoz de Gestha, José María Mollinedo.
Aunque la norma de IRPF habla de prestaciones de maternidad, no sólo las madres perceptoras de dicha prestación podrán instar la reclamación. También podrán reclamar los padres que la hayan percibido, porque cuando el padre disfruta del periodo cedido por la madre, la prestación que él percibe sigue siendo de maternidad.
¿Cuánto me pueden llegar a devolver?
Depende de cada caso. La cuantía puede variar bastante según cual sea el importe de la prestación recibida y el tipo marginal aplicado al resto de ingresos del contribuyente. Por ejemplo, para una prestación de 5.681 euros en 2015, la devolución oscilaría entre 1.000 y 2.600 euros, según las estimaciones de la OCU.
Puedes localizar el importe de la prestación por maternidad que hayas percibido en los datos fiscales remitidos por Hacienda. Si no los conservas en papel, puedes consultarlos en la web de Agencia Tributaria dándote de alta en el sistema ClavePIN.
¿Cuál es el procedimiento para solicitarlo?
La OCU ha elaborado una guía para solicitar la devolución que incluye los siguientes pasos.
1. Presentar un escrito de solicitud de rectificación de autoliquidación y devolución de ingresos indebidos del ejercicio en que se percibió la prestación.
2. Presentar en la Administración de Hacienda una fotocopia de la declaracióny de los datos fiscales del ejercicio que reclamas junto con el modelo.
En este paso, recuerda llevar dos copias del modelo firmado para que te sellen una con la fecha de su recepción. Otra opción es enviarlo todo por correo certificado administrativo.
Asimismo, ten en cuenta que si el niño nació en el último trimestre del año, es posible que se cobrara la prestación en dos ejercicios distintos y en ese caso deberás solicitar la rectificación de ambos ejercicios.
¿Cuál es el plazo para presentar la reclamación?
La solicitud de rectificación se puede pedir antes de que pasen cuatro añosdesde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de la declaración reclamada o desde el día siguiente a la presentación de la declaración si se presentó fuera de plazo.
¿Qué sucederá después de presentar el escrito?
Si esta solicitud se considera procedente, Hacienda rectificará la declaración presentada y devolverá la cantidad indebidamente ingresada, más los interesesde demora que correspondan.
Si Hacienda rechaza la devolución de ingresos indebidos, el contribuyente deberá presentar una reclamación económico administrativa. Si esta tampoco consigue un resultado positivo, tendrás que acudir a los tribunales contencioso administrativos asistido de abogado y procurador.
En el caso que desestimen la reclamación económico administrativa, deberás decidir si acudes a los tribunales para reclamar tu dinero. En ese caso necesitarás abogado y procurador, y los plazos y el proceso se pueden dilatar bastante en el tiempo, según advierten desde la OCU.