El Gobierno agiliza la actuación del Consorcio de Compensación de Seguros ante riesgos extraordinarios

EUROPA PRESS 14/10/2011 14:36

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto por el que se reforma el Reglamento de Riesgos Extraordinarios con objeto de reforzar la capacidad de cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros ante ciertos eventos de naturaleza extraordinaria, así como de modernizar el ámbito de protección del seguro agrario combinado.

La experiencia acumulada por el Consorcio de Compensación de Seguros en la tramitación de los diversos eventos de 'tempestad ciclónica atípica' que se han presentado en los últimos años, muy especialmente los producidos por la severas tempestades ocurridas en 2009 y 2010, al igual que los avances técnicos y científicos en el ámbito meteorológico, han permitido mejorar la definición de este fenómeno desde el punto de vista de su tratamiento asegurador.

Así, la reforma aprobada por el Gobierno modifica los umbrales de medición de la velocidad del viento con objeto de ampliar la capacidad protectora de la cobertura por riesgos extraordinarios, fijando la referencia para su definición en rachas de viento superiores a 120 kilómetros por hora.

Asimismo establece de forma específica los criterios de delimitación geográfica que permiten acotar lo máximo posible el proceso de demarcación de las áreas afectadas por estos fenómenos, al tiempo formaliza la colaboración de la Agencia Estatal de Meteorología con el Consorcio de Compensación de Seguros en esta tarea, lo que contribuirá a una más eficaz tramitación y pago de las indemnizaciones a los asegurados afectados.

El real decreto también clarifica el ámbito de cobertura del seguro agrario combinado, evitando posibles solapamientos con la garantía prevista por riesgos extraordinarios en relación con los daños ocasionados sobre las instalaciones y los elementos productivos situados en las parcelas afectadas por dichos eventos.

Con esta reforma, que no implicará un incremento de coste para las entidades o los asegurados, se añade aún un mayor grado de seguridad jurídica en la determinación de los fenómenos cuya cobertura corresponde al Consorcio de Compensación de Seguros y se mejora la capacidad de protección del sistema de aseguramiento frente a riesgos extraordinarios.