FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a Ryanair ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) por mantener a doscientos pasajeros españoles dentro de un avión durante más de seis horas antes de anunciar que el vuelo, que cubría el trayecto Praga-Madrid, había sido cancelado debido a un temporal de nieve.
Según han comunicado los afectados, la compañía, además, no se hizo cargo en ningún momento de los costes extra de alojamiento, comidas y desplazamiento que les ha supuesto tener que permanecer en Praga más de un día hasta poder volar de vuelta en otro avión.
En este sentido, FACUA recuerda que el Reglamento Europeo 261/2007 establece en su artículo 9, entre otras cuestiones, que en caso de cancelaciones de vuelos los pasajeros tienen derecho a que la aerolínea les proporcione de forma gratuita "alojamiento en un hotel", "comida y bebida suficientes" y "transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento".
Dicha normativa también recoge una serie de compensaciones automáticas en caso de cancelaciones. Así, el artículo 7 del Reglamento establece que "los pasajeros recibirán una compensación por valor de 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, 400 euros para los intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los demás entre 1.500 y 3.500, y 600 euros para el resto de vuelos".
FACUA considera, además, que la aerolínea no puede alegar que el temporal de nieve entra dentro de las "circunstancias extraordinarias" que recoge el Reglamento Europeo debido a que en Praga son bastantes comunes las bajas temperaturas en esta época del año. Ryanair debió tomar todas las medidas posibles para asegurar que dichas condiciones metereológicas no afectaran al vuelo.
En cualquier caso, la asociación deja constancia de que las "circunstancias extraordinarias" del Reglamento no justifican en ningún caso mantener a los pasajeros dentro del avión durante más de seis horas sin permitirles bajar.
Asimismo, con independencia de las compensaciones establecidas en el Reglamento Europeo, FACUA recuerda que todos los usuarios pueden reclamar además otro tipo de indemnizaciones por daños y perjuicios, tanto morales como patrimoniales, que pudieran haber padecido derivados de la cancelación del vuelo o de no haber podido bajar del avión durante las seis horas.
Así, la sentencia de 13 de octubre de 2011 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) aclara que todo pasajero afectado por un retraso podrá reclamar, además de las compensaciones tasadas que contempla la normativa, una indemnización por los daños y perjuicios, incluidos los morales, por el incumplimiento del contrato de transporte aéreo que hayan sufrido.
Ryanar a través de las redes sociales ha justificado el último episodio en el que unos 200 pasajeros habrían permanecido retenidos más de seis horas en una aeronave en Praga sin ningún tipo de explicación y con la posterior cancelación del viaje. El argumento de Menzies Aviation (Czech) la empresa con la que Ryanair subcontrata destacó que habían sido muchos los vuelos cancelados y que los hoteles de Praga estaban llenos. "Son muchísimos los vuelos que se han cancelado o han sufrido retrasos", apuntaban.