La reforma de los subsidios por desempleo sigue su curso tras la entrada en vigor el pasado noviembre de los cambios incluidos en el Real Decreto-ley 2/2024 y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), Se trata de una iniciativa parlamentaria del gobierno de coalición que buscaba mejorar la cuantía de las prestaciones, al tiempo que, con algunos requisitos, compatibilizar su cobro con un empleo.
Se trata de una de las novedades más destacadas de esta reforma por la cual se permite compatibilizar el trabajo con la prestación contributiva una vez transcurrido el primer año del cobro de la prestación, siempre que el salario percibido no supere los 18.900 euros brutos anuales (1.350 euros en 14 pagas con el IPREM actual).
Este complemento de apoyo al empleo también es decreciente en el tiempo y oscilará entre el 80 % que cobrarán entre el décimo tercer y décimo quinto mes aquellos que tengan un empleo a tiempo completo, hasta el 15 % que percibirán entre el vigésimo segundo y vigésimo cuarto mes los que tengan un trabajo inferior a la mitad de la jornada.
El Ministerio de Trabajo y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se comprometen a realizar un seguimiento y control del correcto funcionamiento de esta compatibilidad entre empleo y prestación una vez que esta modificación entre en vigor que será a partir del 1 de abril de 2025.
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